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Primera sección


ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

Resolución 21/2021

RESFC-2021-21-APN-ORSNA#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2021

VISTO el EX-2020-81586704-APN-USG#ORSNA; la Ley N° 24.156; los Decretos Nº 375 del 24 de abril de 1997; Nº 1023 del 13 de agosto de 2001; Nº 1030 del 15 de septiembre de 2016; Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y Nº 820 del 25 de octubre de 2020; la RESOL-2019-64-APN-ORSNA#MTR, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente que se menciona en el Visto tramita la readecuación del “RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN DE GASTOS Y ADQUISISCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS”, oportunamente, aprobado por la RESOL-2019-64-APN-ORSNA#MTR.

Que cabe considerar que por el Decreto Nº 1023/01 el PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN) instituyó el “RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL”.

Que por el Decreto N° 1030/16 se aprobó la reglamentación del Decreto Nº 1023/01 para los contratos comprendidos en el inciso a) del Artículo 4º de este último.

Que a través del Anexo al Artículo 9º del REGLAMENTO, aprobado por el Decreto mencionado en primer término, se definieron las autoridades competentes para el dictado de los actos administrativos de los procedimientos de selección en general.

Que el citado Artículo 9° establece que las máximas autoridades de los organismos descentralizados del PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN), dentro de esas entidades, determinarán quiénes serán los funcionarios de “nivel equivalente” referidos a dicho Anexo.

Que, por otro lado, mediante el Decreto N° 1344/07, se dispuso el “REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL” de la Ley Nº 24156.

Que, por el Artículo 35º del REGLAMENTO, aprobado por el Decreto referenciado en el párrafo anterior, se fijaron las competencias y las pautas para aprobar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos; estableciéndose, en la Planilla Anexa, los montos correspondientes, posibilitando -a las máximas autoridades de los organismos descentralizados del PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN)- la determinación, dentro de sus entidades, de quiénes serían los funcionarios o las funcionarias de “nivel equivalente”, referidos o referidas en dicha normativa.

Que, posteriormente, el Decreto N° 820/20 sustituyó el Anexo al Artículo 9° del “REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, y la Planilla Anexa al Artículo 35º, inciso b) del REGLAMENTO de la Ley N° 24.156 de “ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL”, aprobado por el Decreto N° 1344/07.

Que, en consecuencia, corresponde derogar la RESOL-2019-64-APN-ORSNA#MTR y aprobar un nuevo “RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN DE GASTOS Y ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS”.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS (GAJ) ha tomado la intervención que le compete.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) es competente para el dictado de la presente medida, conforme lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19549; el Decreto N° 375/97; el Artículo 9° del Decreto N° 1030/16 y el Artículo 35º del Decreto N° 1344/07.

Que en Reunión Abierta de Directorio, del día 10 de febrero del corriente año, se ha considerado el asunto, facultándose a los suscriptos a dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Derogar la RESOL-2019-64-APN-ORSNA#MTR.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el “RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN DE GASTOS Y ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS”, conforme la Planilla que como Anexo integra la presente medida (IF-2020-82073821-APN-GAYP#ORSNA).

ARTÍCULO 3°.- La presente normativa entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BORA) y será aplicable a los procedimientos de selección que a partir de esa fecha se autoricen.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archivar.

Carlos Pedro Mario Aníbal Lugones Aignasse - Fernando José Muriel

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2021 N° 8720/21 v. 22/02/2021

Fecha de publicación 22/02/2021