Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 169/2021

RESOL-2021-169-APN-ENACOM#JGM FECHA 12/2/2021 ACTA 67

EX-2019-74125831-APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Aprobar los actos de Concurso Público Simplificado convocado para la provincia del NEUQUEN. 2 - Adjudicar a la firma DAP COMUNICACION SRL, integrada por el señor Pablo Martín TRUFFA con un 34% de participación en la formación de la voluntad social, el señor Nicola Andrés MAIOLO con un 33% de participación en la formación de la voluntad social y el señor Esteban Pedro FLORIANO con un 33% de participación en la formación de la voluntad social, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 259, frecuencia 99.7 MHz., categoría E, para la ciudad de NEUQUEN. 3 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 4 - Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria, deberá presentar el proyecto técnico definitivo, tendiente a la posterior habilitación del servicio. 5 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 6 - La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7 - La licenciataria, deberá acreditar la inscripción en el registro correspondiente dentro los 180 días corridos, de notificada la presente. 8 - Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, los integrantes de la firma licenciataria, deberán regularizar su situación ante la AFIP. 9 - El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 10 - Notifíquese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 22/02/2021 N° 8746/21 v. 22/02/2021

Fecha de publicación 22/02/2021