COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, en cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Reglamento Procesal para las actuaciones ante la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria (Resolución C.P. N° 32/2015 y su modificatoria Resolución C.P. N° 21/2018), hace saber que contra la Resolución General (CA.) N° 8/2020, recaída en el Expediente C.M. N° 1608/2019, publicada en el Boletín Oficial de la Nación (3/12/2020), se ha interpuesto, con fecha 17/02/2021, recurso de apelación (art. 25 del Convenio Multilateral) ante la Comisión Plenaria. Fdo. Fernando Mauricio Biale-Secretario Agustín Domingo-Presidente.
Agustín Domingo - Fernando Mauricio Biale
e. 22/02/2021 N° 8728/21 v. 22/02/2021
Fecha de publicación 22/02/2021