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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 80/2021

RESOL-2021-80-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2021

VISTO el EX-2019-82065165-APN-DGDMT#MPYT, la Ley N° 23.551, Ley 25.674, N° 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018 y

CONSIDERANDO

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que, con fecha 11 de septiembre de 2019 la asociación sindical “ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS HIPÓDROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”, con domicilio en Juramento N° 1590 Piso 1° Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la ampliación de personería gremial, de conformidad con la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que, la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial por Resolución N° 99 de fecha 19 de junio de 1946, de la entonces SECRETARIA DE TRABAJO Y PREVISION para agrupar a los obreros y empleados que se desempeñan en los Hipódromos de Buenos Aires y San Isidro, con zona de actuación en la Capital Federal y el Partido de San Isidro de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que por Resolución Nº 600/05 se aprobó la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial a “… las localidades de: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Almirante Brown, Campana, Cañuelas, 3 de Febrero, La Matanza, Mercedes, Esteban Echeverría, Morón, Quilmes y San Martín de la Provincia de BUENOS AIRES…”.

Que por Resolución Ministerial N° 420/08 se reconoció la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial a los trabajadores no jerárquicos que prestan servicios en las agencias hípicas, con zona de actuación en las localidades de Merlo, Chivilcoy y Avellaneda de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 23.551 se ha valorado tanto la acreditación del universo de trabajadores como la representatividad respecto del ámbito pretendido, por el período que comprende los meses de marzo 2019 hasta agosto 2019 inclusive; conforme la prueba efectivamente aportada por la peticionante en autos.

Que la entidad acreditó poseer en el periodo semestral pertinente, una representación cotizante superior al veinte por ciento (20%) respecto a los trabajadores que se desempeñan bajo relación de dependencia en agencias hípicas con zona de actuación en Almirante Brown, Cañuelas, Tres de Febrero, Mercedes, Monte Grande (Partido de Esteban Echeverría), Morón, San Martín, Merlo y Avellaneda, de la Provincia de BUENOS AIRES, considerando el ámbito de actuación territorial y personal que posee le entidad con Inscripción Gremial, ámbito sobre el cual versará la presente Resolución, conforme lo previsto por el artículo 25 de la ley 23.551.

Que se tuvieron por cumplidos los recaudos previstos en el artículo 25 de la Ley N° 23.551.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido no existe ninguna entidad con personería gremial que agrupe específicamente al personal solicitado.

Que en consecuencia no resulta de aplicación el procedimiento establecido en el último párrafo del artículo 25° de la Ley N° 23.551, que expresamente establece que cuando los ámbitos pretendidos se superpongan con los de otra asociación sindical con personería gremial, no podrá reconocerse a la peticionante amplitud de representación, sin antes dar intervención a la asociación afectada y proceder al cotejo necesario para determinar cuál es la más representativa conforme al procedimiento del artículo 28° de la mencionada norma legal.

Que, en este sentido, la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha aconsejado otorgar la ampliación de la personería gremial, conforme el ámbito aprobado en autos.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO, ha prestado conformidad al otorgamiento de la ampliación de la personería gremial a la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS HIPÓDROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y artículos 25 y 28 de la Ley 23.551.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Otórgase a la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS HIPÓDROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA con domicilio en en Juramento N° 1590 Piso 1° Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ampliación de la Personería Gremial para agrupar a los trabajadores que se desempeñan bajo relación de dependencia en agencias hípicas con zona de actuación en Almirante Brown, Cañuelas, Tres de Febrero, Mercedes, Monte Grande (Partido de Esteban Echeverría), Morón, San Martín, Merlo y Avellaneda, de la Provincia de BUENOS AIRES, considerando el ámbito de actuación territorial y personal que posee le entidad con Inscripción Gremial, de conformidad con las disposiciones de la Ley 23.551 y sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

ARTÍCULO 2º: Dispóngase la Publicación sintetizada y sin cargo en el Boletín Oficial en la forma indicada por la Resolución D.N.A.S. Nº 12/01.

ARTÍCULO 3º: Regístrese en la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGÍSTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

e. 24/02/2021 N° 9476/21 v. 24/02/2021

Fecha de publicación 24/02/2021