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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


FUERZA AÉREA ARGENTINA DIRECCIÓN GENERAL DE INTENDENCIA

Disposición 40/2021

DI-2021-40-APN-DGIN#FAA

Ciudad de Buenos Aires, 25/02/2021

VISTO, el Expediente EX-2020-81100624- -APN-DGIN#FAA, el procedimiento aprobado por el Decreto DECNU-2020-260- APN-PTE, sus modificatorias y complementarias y,

CONSIDERANDO:

Que el día 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del coronavirus como una “pandemia”, dado el alcance y magnitud de personas infectadas y víctimas existentes a nivel global.

Que según lo mencionado anteriormente, el Poder Ejecutivo Nacional ordeno a través del Decreto Nº 297/20, de fecha 19 de marzo de 2020, el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria. El mismo regirá desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Que de acuerdo al ARTÍCULO 6º del mencionado Decreto quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, estando detallados en el apartado 1 el personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Que atento a dicha medida de excepción, las actividades generales y operativas de la Fuerza Aérea Argentina, quedaron sujetas a lo dispuesto en el Plan de Operaciones del Comandante Operacional de las FFAA Nº 01/2020 “R” Apoyo a la Emergencia COVID-19, contribuyente a la Directiva del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las FFAA Nº 1/2020 “R” Apoyo al Plan Operativo de Preparación y Respuesta al COVID-19.

Que mediante la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGN de fecha 19 de marzo de 2020, la Oficina Nacional de Contrataciones aprueba el procedimiento complementario al establecido en la Decisión Administrativa Nº DECAD2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, en virtud de la pandemia COVID 19.

Que mediante Solicitud de Contratación Nº 40/39-1495-SCO20 el señor Director General de Salud solicitó se efectúe la “COMPULSA - COVID-19 Nº 18 – Adquisición de Medicamentos para apoyo COVID 19”, cuyo monto asciende a la suma preventiva de PESOS CATORCE MILLONES SETESIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON 73/100 CENTAVOS ($ 14.797.093,73).

Que a efectos de cumplimentar lo establecido en el artículo 84 del Decreto Nº 1030/16 el Señor Director General de Salud propuso a los integrantes titulares de la Comisión de Recepción y a sus suplentes.

Que en virtud de lo mencionado anteriormente, se habilitó a la Unidad Operativa de Contrataciones 40/39, a realizar el procedimiento de Contratación Directa por compulsa abreviada por emergencia Nº40/39-0806-CDI20, con modalidad Orden de Compra Abierta, por la que se gestiona la “COMPULSA - COVID-19 Nº 18 – Adquisición de Medicamentos para apoyo COVID 19”.

Que en atención que no se previó una Emergencia Sanitaria de tal magnitud, resulta imprescindible contar con los medicamentos necesarios, ya que la falta de los mismos entorpece e imposibilita las funciones asistenciales necesarias ya sea en pacientes sospechosos, que ingresan por la Guardia Médica, o en casos confirmados internados en terapia intensiva, que requieren de tratamientos específicos y urgentes.

Que se fijó como fecha y hora de apertura de las propuestas el día 02 de diciembre de 2020 a las 10:00 horas.

Que se difundió la Convocatoria y Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que rigen el llamado en el PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS ELECTRÓNICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COMPR.AR).

Que mediante sistema COMPR.AR se cursó invitación general a todos los proveedores inscriptos en los rubros Equipos y Prod. Medico/Farmacéuticos.

Que realizado el acto de apertura dentro de la fecha y hora fijada presentaron propuestas las Razones Sociales: RAUL JORGE LEON POGGI (CUIT 20-08336759-9), ALFARMA SRL (CUIT 30-70934781-7) y DROGUERIA VIP SRL (CUIT 30-70811832-6).

Que mediante Nota NO-2020-84119688-APN-DCON#FAA, de fecha 03 de diciembre de 2020, se elevó a la Unidad Requirente las ofertas (económicas y técnicas) recibidas, a los efectos se confeccione el “Informe Técnico y Económico” pertinente, el cual fue remitido a la UOC 40/39 mediante NO-2020-84468708-APN-DGS#FAA de fecha 04 de diciembre de 2020.

Que conforme a lo establecido en el Anexo a la Disposición Nº 48/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones, el Responsable de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC 0040/039) efectuó la recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento, considerando admisible y convenientes la oferta de ALFARMA SRL (CUIT 30-70934781-7) y adjudicar los renglones N° 15 y 25 DROGUERIA VIP SRL (CUIT 30-70811832-6) los renglones N° 04, 05, 06, 8, 10, 13, 14, 17, 23, 26, 27, 29 y 33 y considerar inadmisibles los renglones N° 04 y 25 de RAUL JORGE LEON POGGI (CUIT 20-08336759-9) por no ajustarse técnicamente a lo requerido.

Que al respecto, la Disposición ONC Nº 48/2020 señala en su Anexo, punto 3) d) lo siguiente: “Las invitaciones deberán contener, como mínimo, la siguiente información: (…) ix. Determinars si se exceptúa o no de presentar garantía de mantenimiento de oferta. (…)Cuando el procedimiento se sustancie por COMPR.AR, el contenido de las invitaciones previamente aludido deberá subirse a la plataforma electrónica mencionada como un documento de la convocatoria. (…)” y que en tal sentido se adjuntó al procedimiento en cuestión el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el cual bajo el título GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA establece los lineamientos para presentación de la misma.

Que el Anexo a la Disposición Nº 48/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones establece en su punto 7) que la verificación de la inexistencia de deudas tributarias o previsionales de acuerdo a la normativa aplicable se deberá realizar previo al libramiento de la orden de pago.

Que la Asesoría Jurídica de la DIRECCIÓN GENERAL DE INTENDENCIA ha tomado la intervención que le compete, emitiendo el Dictamen Jurídico Nº IF-2020-90625445-APN-DGIN#FAA de fecha 28 de diciembre del 2020, conforme a lo establecido en el Inciso d) del Artículo 7º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, para la validez de los actos administrativos.

Que en cuanto de la autoridad competente para suscribir el acto administrativo, es facultad del señor Subdirector General de Intendencia, la suscripción del pertinente acto administrativo, conforme lo establecido en el Artículo 9, incisos d) y e) del anexo al Decreto Nº 1030/16, anexo IV de la RESOL-2017-169-APN-MD, modificatoria de su similar RESOL-2016-265-E-APN-MD, anexo I de la Directiva Nº 2/16 de la Dirección General de Intendencia, Decreto Nº 820/20, en cuanto a la modificación del valor del módulo y Mensaje Nº 5280 GHO 281618 OCT 2020 del señor Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina.

Por ello:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE INTENDENCIA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º - Apruébese el procedimiento de selección elegido, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y lo actuado en la Contratación Directa N° 40/39-0806-CDI20, para la “COMPULSA - COVID-19 Nº 18 – Adquisición de Medicamentos para apoyo COVID 19”.

ARTICULO 2º- Ratifiquese lo dispuesto en la Disposición Nº DI-2021-14-APN-DCON#FAA de fecha 8 de enero del 2021, habiéndose modificado el cargo del firmante.

ARTÍCULO 3º - Adjudíquese la Contratación Directa N° 40/39-0806-CDI20 a las firmas, los renglones, por los importes totales y plazo de entrega que abajo se detallan:

Razón SocialDROGUERIA VIP S.R.L.
C.U.I.T. Nº30-70811832-6
Renglón Nº04, 05, 06, 8, 10, 13, 14, 17, 23, 26, 27, 29 y 33.
Importe total en PESOSTRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 CENTAVOS.$ 396.718,00
Plazo de Entrega:CINCO (5) días hábiles, contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de perfeccionamiento del contrato.
Duración de Contrato:A partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de perfeccionamiento del contrato y por el término de SEIS (6) meses.

Razón SocialALFARMA S.R.L.
C.U.I.T. Nº30-70934781-7
Renglón Nº15 y 25.
Importe total en PESOSSETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 00/100 CENTAVOS.$ 71.620,00
Plazo de Entrega:CINCO (5) días hábiles, contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de perfeccionamiento del contrato.
Duración de Contrato:A partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de perfeccionamiento del contrato y por el término de SEIS (6) meses.

Por ser dichas ofertas admisibles, oportunas y convenientes, importando la contratación la suma total de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 CENTAVOS ($ 468.338,00).

ARTÍCULO 4º - Desestímese los renglones N° 04 y 25 de la razón social RAUL JORGE LEON POGGI (CUIT 20-08336759-9) por los motivos expuestos en los considerandos anteriores.

ARTÍCULO 5º - Desígnese al personal integrante de la Comisión de Recepción adjunta mediante el Anexo I de la Solicitud de Contratación:

Titulares:

Mayor Da. Natalia Verónica PEY (E. ODT. 101.771).

Capitán Da. Aldana Ruth AMENGUAL (E. MED. 102.174).

Capitán D. Gustavo Javier LEGUIZAMON (E. COMP. 102.615).

Suplentes:

Capitán Da. Mariana Elizabeth SOBRADO (E. MED. 102.928).

Primer Teniente Da. Mariela Ángela ARGUELLO (E. COMP. 102.622).

Primer Teniente Da. Paula Alejandra GONZALEZ CAMPOS (E. MED. 102.874).

ARTÍCULO 6º - Publíquese lo aquí dispuesto en el PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS ELECTRÓNICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COMPR.AR), produciendo tal publicación la notificación de los oferentes.

ARTÍCULO 7º - Impútese los importes mencionados precedentemente, en las partidas que correspondan.

ARTÍCULO 8º - Emítase las Órdenes de Compra Abierta y Solicitudes de Provisiones respectivas, en oportunidad de contar con el registro del compromiso presupuestario.

ARTÍCULO 9º - Verifíquese, previo al libramiento de la orden de pago, la inexistencia de deudas tributarias o previsionales, conforme lo establece la Disposición Nº 48/2020 ONC.

ARTICULO 10º - Ordénese la publicación de lo aquí dispuesto en el Boletín Oficial de la Nación de la República Argentina.

ARTÍCULO 11º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Raul Alejandro Fasolis

e. 26/02/2021 N° 10466/21 v. 26/02/2021

Fecha de publicación 26/02/2021