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CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES

Resolución 30/2021

RESOL-2021-30-APN-CNCPS#PTE

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2021

Visto el expediente EX-2018-12152105- -APN-DDYME#CNCPS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, el Decreto N° 2769 de fecha 4 de diciembre de 2015 y lo solicitado por el agente Daniel AMARILLA (DNI N° 16.901.348), y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el visto, se tramita el recurso administrativo interpuesto por el agente Daniel AMARILLA (DNI N° 16.901.348) sobre la asignación del grado escalafonario en su ingreso a la carrera administrativa.

Que mediante el Decreto N° 2769/15, el agente mencionado precedentemente fue designado a partir del 1 de diciembre de 2017, en un cargo de planta permanente, Nivel B - Grado 1 Tramo General Agrupamiento General, en la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Técnico Especialista en Gestión de Personal.

Que el agente AMARILLA cumple con lo establecido en el artículo N° 128 del Decreto N° 2098/08 ya que al momento de su inscripción en el proceso de selección contaba con más de TRES (3) ejercicios presupuestarios, desempeñándose como personal no permanente en el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, con contrato según el artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164, con Nivel B Grado 3.

Que, al momento de su incorporación al régimen de carrera en este CONSEJO NACIONAL, a partir del 1 de diciembre de 2017, el agente AMARILLA revistaba en un contrato según artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164, con Nivel B Grado 4.

Que, en virtud de lo señalado precedentemente, corresponde la aplicación de lo establecido en el artículo N° 128 del Decreto N° 2098/08, de asignarle el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del artículo 31 del presente, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) grados de equiparación reconocidos en dichos contratos.

Que por la normativa mencionada en el artículo precedente se podrá adicionar la propuesta que efectuó el órgano selector, es decir Grado 1 por idoneidad, sin superar el grado de equiparación reconocido en su última situación como personal no permanente.

Que corresponde a la Dirección de Recursos Humanos y Organización efectuar la ponderación del grado a asignar de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 128 del Decreto N° 2098/08.

Que la Dirección General de Administración de este Consejo Nacional, mediante IF-2019-85088674-APNDGA#CNCPS, ha efectuado la ponderación de la antigüedad del agente Daniel AMARILLA (DNI N° 16.901.348), asignándole Grado 3.

Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, como Servicio Jurídico Permanente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES.

Que corresponde asignar Grado 3 al agente Daniel AMARILLA (DNI N° 16.901.348) a partir de la fecha de toma de posesión del cargo concursado, 1 de diciembre de 2017.

Que se cuenta con el crédito presupuestario suficiente para afrontar el gasto que demande el cumplimiento de la presente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Decreto N° 667/20.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnase Grado 3 al agente Daniel AMARILLA (DNI N° 16.901.348), quien revista en un cargo de Planta Permanente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B Grado 1, Agrupamiento General, Tramo General, a partir del 1 de diciembre de 2017, de acuerdo a lo establecido en el artículo 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

ARTÍCULO 2°. - El gasto que surja de la presente medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Subjurisdicción 16 – CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES.

ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victoria Tolosa Paz

e. 03/03/2021 N° 11520/21 v. 03/03/2021

Fecha de publicación 03/03/2021