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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT SECRETARÍA DE HÁBITAT

Resolución 2/2021

RESOL-2021-2-APN-SH#MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2021

VISTO el Expediente EX-2021-17538316-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 16/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL y HABITAT se creó el Programa Nacional de Construcción de Viviendas denominado “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”, cuyo objeto es la construcción de nuevas viviendas en todo el país durante el trienio 2021-2023, mediante el desarrollo y mejoramiento de las condiciones del hábitat y de la vivienda.

Que la citada Resolución estableció como Autoridad de Aplicación del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO” a la SECRETARÍA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, facultándose a la misma a fijar los “Montos Máximos Financiables” para cada uno de los Convenios Marco y Convenios Particulares que se ejecutarán en el marco del PROGRAMA.

Que los proyectos de viviendas construidas en el marco del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”, deberán tomar como referencia el valor por metro cuadrado (m2) hasta los “Montos Máximos Financiables” para cada una de las provincias, los cuales contemplan en forma integral los costos de los insumos (materiales), mano de obra, gastos de logística, sismicidad, códigos de edificación locales, etc.

Que a los fines de fijar los “Montos Máximos Financiables” se ha considerado un prototipo de vivienda de hasta SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (64 m2), unifamiliar, de DOS (2) dormitorios, en Planta Baja, representativo en cuanto a su planta de arquitectura y especificaciones técnicas de las viviendas que se construyen a través del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO” en todo el país.

Que asimismo, se han ponderado diferentes vectores como ser las distintas regiones del país por características bioclimáticas “Patagonia Sur”, “Patagonia Norte”, “Cuyo”, “Noroeste Argentino”, “Noreste Argentino”, “Centro y Área Metropolitana”, condiciones de suelo, fallas geológicas, depresiones naturales y acontecimientos extraordinarios como sismos. Asimismo, en las regiones caracterizadas por el INPRES-CIRSOC se tuvieron en cuenta la continuidad de las estructuras resistentes y su incidencia en el costo final. Que a los efectos, de cuantificar los “Montos Máximos Financiables” se han ponderado los valores y precios testigos publicados por la Cámara Argentina de la Construcción, los Colegios Profesionales de Arquitectura, Ingeniería y Urbanismo, Revistas especializadas, Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, Institutos de Estadísticas provinciales, Institutos de la Vivienda provinciales, Licitaciones recientes tanto en el Estado Nacional, como en las provincias y municipios, por lo que los mismos podrán ser ajustados por esta Secretaría de Hábitat cuando lo estime conveniente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 5º de la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HÁBITAT

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébanse los “Montos Máximos Financiables” aplicables al “PROGRAMA CASA PROPIA-CONSTRUIR FUTURO”, creado por la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HABITAT, que se indican en el Anexo I (IF-2021-17607708-APN-SH#MDTYH) que integra la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Alejandro Maggiotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/03/2021 N° 11474/21 v. 03/03/2021

Fecha de publicación 03/03/2021