Edición del
6 de Diciembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA

Resolución 4/2021

RESOL-2021-4-E-AFIP-DIRAHI#SDGOAI

Rosario, Santa Fe, 02/03/2021

VISTO, la Disposición DI-2020-16-E-AFIP-ADGUAL#SDGOAI, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Convenio N° 12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES el día 09/11/2015 para la realización de Subastas Públicas, la Adenda de fecha 13/06/2017 mediante la cual se modifica la CLÁUSULA OCTAVA, ampliándose la realización de subasta a todo el territorio nacional, en el lugar, fecha y horario que se fijen entre las partes, y la Adenda de fecha 22/09/2020 mediante la cual se sustituyen las CLÁUSULAS OCTAVA Y DÉCIMA SEGUNDA implementándose la modalidad electrónica de Subastas Públicas

Que ha tomado intervención la División Coordinación de Secuestros y Rezagos dependiente de la Dirección de Coordinación y Evaluación Operativa y la División Evaluación y Control Operativo de la Dirección Regional Aduanera Hidrovía

Que la División Aduana Gualeguaychú, se han expedido en el Acto Administrativo citado en el Visto, disponiendo comercializar las mercaderías cuyo detalle se acompaña como Anexo a la presente Resolución

Que la comercialización se efectuará en Subasta Pública, en la modalidad electrónica, en los términos del Convenio ciado en el primer párrafo de la presente

Que concluida la Subasta Pública y los actos posteriores relativos a la misma, previo al archivo de las Actuaciones, se deberá dar intervención a la Aduana correspondiente para la supervisión de lo actuado de conformidad a lo establecido en el CÓDIGO ADUANERO

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 618/97 y Disposición N° 150/16 (AFIP)

Por ello,

EL DIRECTOR REGIONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben, con la debida antelación y bajo la modalidad electrónica, por intermedio del BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES, al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en Anexo IF-2021-00191467-AFIP-DIRAHI#SDGOAI.

ARTÍCULO 2.- La Subasta Pública de las mercaderías detalladas se efectuará bajo la modalidad electrónica a través de la página web del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 18 de Marzo de 2021, a las 12:00 hs

ARTÍCULO 3°.- Publicar la presente Subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de UN (1) día, como así también en el sitio web de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese. Pase a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior para la intervención de su competencia. Cumplido, archívese.-

Ruben Cesar Pave

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/03/2021 N° 11895/21 v. 04/03/2021

Fecha de publicación 04/03/2021