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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 234/2021

RESOL-2021-234-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2021

VISTO el EX-2021-12225832-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley 19.549 y los Decretos Nº 1759 de fecha 3 de abril de 1972 y modificatorias, N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, y N° 90 de fecha 20 de enero de 2020 y las Resoluciones INCAA Nº 20 de fecha 16 de mayo de 2017, N° 1260-E de fecha 10 de agosto de 2018, Nº 77-E de fecha 14 de enero de 2021 y Nº 146-E de fecha 4 de febrero de 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), creado por Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, es un ente público no estatal en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN; cuyo objetivo es el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.

Que la Ley precitada faculta al Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES a realizar todo tipo de designación, nombramiento, ascenso o remoción del personal dependiente de este organismo.

Que de conformidad con el artículo 2 del Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº: 19.549, se estableció que entre las facultadas del superior, podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior.

Que por Resolución INCAA N° 1260-E/2018, estableció las competencias de la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual.

Que por la Resolución INCAA Nº 146-E/2021 se aceptó la renuncia al cargo de la Gerenta de Fortalecimiento a la Industria Audiovisual.

Que teniendo en cuenta la normativa citada y atento a que la vacancia del cargo impide continuar con el curso normal de los procesos administrativos, es que se hace necesario delegar la firma de la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual en todas las actuaciones, planilla de liquidaciones o equivalentes, órdenes, y providencias de despacho relativas al área de fomento, vinculadas con el entendimiento del régimen de fomento de cine y televisión y su normativa concordante, tales como, y a modo enunciativo, lo referente a la asignación, liquidación y pago de los subsidios a la producción cinematográfica de películas nacionales de largometraje bajo la modalidades de subsidio de recuperación industrial y de subsidio relacionado a las otras formas de exhibición a películas nacionales, como así también, a los mecanismos de fomento respecto de cortometrajes, desarrollo de proyectos y desarrollo de guiones, la emisión de actos dispositivos en temas de actualización presupuestaria y prórrogas de cuotas de crédito, incluso la firma de las cuestiones delegadas a la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual mediante normativa expresa, entre otras, todo ello a fin de garantizar la celeridad de los procedimientos en los trámites del Instituto.

Que en este mismo sentido, y con el propósito de propender a brindar mayor eficacia y eficiencia en los procesos administrativos, se estima conveniente precisar tambien, que dicha delegación incluirá la facultad para la emisión de los actos dispositivos correspondientes al reconocimiento o rechazo, total o parcial, de los costos rendidos por los productores y/o realizadores presentantes en caso de ausencia o vacancia de la Coordinación de Control y Reconocimiento de Costos.

Que resulta conveniente delegar la firma de la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual, en temas vinculados al área de fomento del sector audiovisual cine y televisión, en la Contadora Pública Sra. Gabriela Fabiana MAROCCO (DNI 20.077.546), Subgerenta de Fomento del Organismo, con el alcance relacionado.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia General han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artíulo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Delegar en la Contadora Pública Sra. Gabriela Fabiana MAROCCO (DNI 20.077.546), Subgerenta de Fomento del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la firma de la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual, en temas vinculados al área de fomento del sector audiovisual cine y televisión, mientras dure la vacancia respectiva.

ARTÍCULO 2º.- Delegar en la Contadora Pública Sra. Gabriela Fabiana MAROCCO (DNI 20.077.546), Subgerenta de Fomento del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la emisión de actos dispositivos en temas de actualización presupuestaria y prórrogas de cuotas de crédito, mientras dure la vacancia de la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual.

ARTÍCULO 3º.- Delegar en la Contadora Pública Sra. Gabriela Fabiana MAROCCO (DNI 20.077.546), Subgerenta de Fomento del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la emisión de actos dispositivos en temas de reconocimiento o rechazo, total o parcial, de los costos rendidos por los productores y/o realizadores presentantes en caso de ausencia o vacancia de la Coordinación de Control y Reconocimiento de Costos.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Adalberto Puenzo

e. 04/03/2021 N° 11877/21 v. 04/03/2021

Fecha de publicación 04/03/2021