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Legislación y Avisos Oficiales
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COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 66/2021

DI-2021-66-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2021

Visto el expediente EX-2021-03322960-APN-DCSYL#CNRT; y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0001-CDI21, denominada COMPULSA COVID-19 Nº 12/2020, llevada a cabo con el objeto de adquirir termómetros digitales infrarrojos y tensiómetros digitales en el marco de la pandemia por COVID-19.

Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.

Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR mediante nota NO-2020-88412150-APN-GFTAU#CNRT, a fin de contar con los insumos necesarios para las tareas de fiscalización durante el operativo de verano 2021 en el marco de pandemia por COVID-19.

Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una Contratación DIRECTA POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al expediente de la referencia como informe N° IF-2021-08003971-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella, todos las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-03348733-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.

Que con fecha 18 de enero de 2021, se efectuó el Acto de Apertura, generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose las ofertas del señor PEDRO GUSTAVO BARACCO (CUIT Nº 20-16267352-2), la señora INES ROSA DEMEDICI (CUIT Nº 27-27263662-7), el señor JOSÉ DANTE YANUZZI (CUIT Nº 23-23410319-9), el señor GUILLERMO ANDRÉS GALVÁN (CUIT Nº 20-27833518-7), la firma DRISCAR QUÍMICA S.R.L. (CUIT Nº 30-71462866-2), la firma APLICACIONES MÉDICAS S.A. (CUIT Nº 30-70736121-9), la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (CUIT Nº 30-65687578-6), la señora ROSA MARÍA LEONOR POLLERO (CUIT Nº 27-16910912-0), la firma RAYOS PIMAX S.R.L. (CUIT Nº 30-64520018-3), el señor DIEGO PASMAN (CUIT Nº 20-29950091-9), la firma QUIMICA CÓRDOBA S.A. (CUIT Nº 33-57611332-9), la firma FEAS ELECTRÓNICA S.A. (CUIT Nº 30-70770219-9) y la firma DROGUERIA MARTORANI S.A. (CUIT Nº 30-70296606-6).

Que, analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe IF-2021-08438288-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar el Renglón Nro. 1 a la firma APLICACIONES MÉDICAS S.A. por la suma de PESOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS ($ 23.400.-), y el Renglón Nro. 2 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 34.500.-), por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares PLIEG-2021-03348733-APN-DCSYL#CNRT que rige la presente contratación, cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego y resultar sus precios convenientes.

Que en ese mismo orden de ideas aconseja desestimar las ofertas del señor PEDRO GUSTAVO BARACCO, el señor GUILLERMO ANDRÉS GALVÁN y la señora INES ROSA DEMEDICI, toda vez que no cumplen con la presentación de la documentación solicitada en el artículo 4.3.5 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; de la firma DRISCAR QUÍMICA S.R.L., toda vez que no cumplen con la presentación de la documentación solicitada en el inciso b) del artículo 4.3.5 del referido Pliego; y la del señor JOSÉ DANTE YANUZZI, toda vez que no cumplen con la presentación de la documentación solicitada en los artículos 4.3.4 y 4.3.5 del mismo documento.

Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES, informó la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la presente medida.

Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35, y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.

Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto Nº 302/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0001-CDI21, denominada COMPULSA COVID-19 Nº 12/2020, llevada a cabo para adquirir termómetros digitales infrarrojos y tensiómetros digitales en el marco de la pandemia por COVID-19, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-03348733-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicase el Renglón Nro. 1 a la firma APLICACIONES MÉDICAS S.A. por la suma de PESOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS ($ 23.400.-), y el Renglón Nro. 2 a la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 34.500.-), por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares PLIEG-2021-03348733-APN-DCSYL#CNRT que rige la presente contratación, cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego y resultar sus precios convenientes.

ARTÍCULO 4º.- Desestimase las ofertas del señor PEDRO GUSTAVO BARACCO, el señor GUILLERMO ANDRÉS GALVÁN y la señora INES ROSA DEMEDICI, toda vez que no cumplen con la presentación de la documentación solicitada en el artículo 4.3.5 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; de la firma DRISCAR QUÍMICA S.R.L., toda vez que no cumplen con la presentación de la documentación solicitada en el inciso b) del artículo 4.3.5 del referido Pliego; y la del señor JOSÉ DANTE YANUZZI, toda vez que no cumplen con la presentación de la documentación solicitada en los artículos 4.3.4 y 4.3.5 del mismo documento.

ARTÍCULO 5º.- Establécese que intervendrán en la recepción de los bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Disposición por el monto total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS ($ 57.900.-), se imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.

ARTÍCULO 7º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo anterior y archívese.

Jose Ramon Arteaga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s a través del sistema electrónico “COMPR.AR”.

e. 04/03/2021 N° 11709/21 v. 04/03/2021

Fecha de publicación 04/03/2021