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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 171/2021

RESOL-2021-171-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2021

VISTO el Expediente N° EX-2018-29448694-APN-DGDO#MEM y los Expedientes Nros. EX-2018-29946283-APN-DGDO#MEM, EX-2019-83718839-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2020-53179453-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2020-54037262-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2020-55146384-APN-DGD#MDP, EX-2020-71946845-APN-SE#MEC y EX-2020-82940653-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Parque Eólico Los Teros II con una potencia de CINCUENTA Y DOS COMA CUATRO MEGAVATIOS (52,4 MW), ubicada en el Partido de Azul, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 Kv) de la nueva Estación Transformadora Los Teros, vinculada a la Línea de Alta Tensión 132 kV Olavarría – Tandil, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.).

Que, mediante las Notas Nros. B-128361-1 de fecha 21 de junio de 2018 (IF-2018-29981701-APN-DGDO#MEM), obrante en el Expediente N° EX-2018-29946283-APN-DGDO#MEM, y B-151408-1 de fecha 19 de agosto de 2020 (IF-2020-55147627-APN-DGD#MDP), obrante en el Expediente N° EX-2020-55146384-APN-DGD#MDP, COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A. cumple para su Parque Eólico Los Teros II los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la Disposición N° 711 de fecha 29 de agosto de 2018 de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental (IF-2020-71951038-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2020-71946845-APN-SE#MEC, y la Resolución N° 435 de fecha 24 de julio de 2020 de la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y EVALUACIÓN AMBIENTAL (IF-2020-53179526-APN-DGDOMEN#MHA), obrante en el Expediente N° EX-2020-53179453-APN-DGDOMEN#MHA, ambas dependientes del ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la Provincia de BUENOS AIRES, se resolvió declarar ambientalmente apto el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico Los Teros II.

Que la empresa YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Eólico Los Teros II se publicó en el Boletín Oficial N° 34.541 de fecha 15 de diciembre de 2020 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Legales de Energía del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A. para su Parque Eólico Los Teros II con una potencia de CINCUENTA Y DOS COMA CUATRO MEGAVATIOS (52,4 MW), ubicada en el Partido de Azul, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 Kv) de la nueva Estación Transformadora Los Teros, vinculada a la Línea de Alta Tensión 132 kV Olavarría – Tandil, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A., titular del Parque Eólico Los Teros II en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa YPF ENERGÍA ELÉCTRICA S.A., TRANSBA S.A., a CAMMESA y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actualmente en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 10/03/2021 N° 13390/21 v. 10/03/2021

Fecha de publicación 10/03/2021