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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 62/2021

RESOL-2021-62-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-01594730- -APN-DGDYD#JGM, la Ley N° 17.285, el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y la Resolución ANAC N° 194-E de fecha 16 de marzo de 2019 y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 194-E de fecha 16 de marzo de 2019 prohibió, por razones de seguridad ante los siniestros acaecidos los días 29 de octubre de 2018 y 10 de marzo de 2019 en la REPÚBLICA DE INDONESIA y en la REPÚBLICA DEMOCRÁTICA FEDERAL DE ETIOPÍA, respectivamente, la operación de aeronaves Marca BOEING, modelos 737-8 MAX y 737-9 MAX, por parte de todos los operadores certificados en la REPÚBLICA ARGENTINA, como así también el sobrevuelo de dichas aeronaves en todo el territorio nacional.

Que, por idénticas razones, la citada Resolución prohibió el sobrevuelo de las aeronaves Marca BOEING Modelos 737-8 MAX y 737-9 MAX en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el fabricante y las autoridades aeronáuticas a nivel mundial han llevado a cabo investigaciones exhaustivas de los siniestros mencionados precedentemente, logrando establecer las causas de los mismos y generando medidas de mitigación que permitieron restablecer niveles aceptables de seguridad operacional en la operación de las aeronaves en cuestión.

Que la FEDERAL AVIATION ADMINISTRATION (FAA) ha aprobado los Planes de Instrucción Teórico y Práctico presentados por la Empresa BOEING para su impartición a aquellos pilotos que operen aeronaves modelo 737 MAX.

Que dichos Planes de Instrucción han sido analizados por inspectores de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) dependiente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), en el marco de las medidas propuestas por la Empresa AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA, que es el único operador de la REPÚBLICA ARGENTINA que posee en su flota este tipo de aeronaves.

Que la FEDERAL AVIATION ADMINISTRATION (FAA) ha informado el levantamiento de la restricción de operación de la aeronave, bajo la aplicación de su Directiva de Aeronavegabilidad AD 2020-24-02.

Que la Dirección de Aeronavegabilidad dependiente de la DNSO de la ANAC dentro de su estricto ámbito de competencia, realizó un análisis en lo referido a las condiciones de Aeronavegabilidad de las Aeronaves 737MAX y se expidió mediante la Providencia N° PV-2021-14115026-APN-DNSO#ANAC, basado en el informe técnico contenido en la Nota N° NO-2021-11079592-APN-DNSO#ANAC.

Que la Dirección de Operación de Aeronaves dependiente de la DNSO de la ANAC dentro de su estricto ámbito de competencia, realizó un análisis en lo referido a la operación e instrucción requerida para la operación segura de la aeronave analizando los procedimientos adoptados por la Empresa AEROLÍNEAS ARGENTINAS SA, único operador Nacional de las aeronaves Marca Boeing 737-8 MAX y se expidió mediante la Providencia N° PV-2021-14872843-APN-DNSO#ANAC.

Que la DNSO de la ANAC ha tomado intervención y generado los informes técnicos respectivos.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTyA) de la ANAC ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y en el Artículo 12 del Código Aeronáutico.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 194-E de fecha 16 de marzo de 2019, por cuyo conducto se prohibió la operación de aeronaves Marca BOEING, Modelos 737-8 MAX y 737-9 MAX, por parte de todos los operadores certificados en la REPÚBLICA ARGENTINA, como así también el sobrevuelo de dichas aeronaves en todo el territorio nacional.

ARTÍCULO 2°.- Difúndase mediante la página “web” de la ANAC

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la JUNTA de SEGURIDAD en el TRANSPORTE y a la EMPRESA ARGENTINA de NAVEGACIÓN AÉREA a los efectos del ejercicio de sus respectivas competencias, notifíquese a la Empresa AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, y cumplido archívese.

Paola Tamburelli

e. 10/03/2021 N° 13514/21 v. 10/03/2021

Fecha de publicación 10/03/2021