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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 102/2021

RESOL-2021-102-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-18196765- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 117-E del 05 de febrero de 2018 y N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Fiscalía General del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL de la Provincia de NEUQUÉN, a cargo del Doctor José Ignacio GEREZ, tramita el expediente caratulado “SALAZAR OPORTO, JORGE ANTONIO – CORTES TORRES ALEXIS ALFREDO S/ HOMICIDIO CALIFICADO S/ INCIDENTE DE CAPTURA” Legajo N° 825/2012, relacionada a la orden de captura dispuesta en autos respecto de Jorge Antonio SALAZAR OPORTO y de Alexis Alfredo CORTES TORRES.

Que ambos prófugos serían los autores del hecho acaecido el día 7 de marzo de 2012, en el que resultara asesinado el efectivo Policial José AIGO y sobre quienes pesa pedido de CAPTURA NACIONAL desde el 15 de marzo de 2012 e INTERNACIONAL desde el 29 de marzo de 2012.

Que oportunamente se dictó la Resolución del Ministerio de Seguridad Nº 117-E/2018, mediante la cual se ofrece una recompensa de acuerdo a la Ley 26.538, de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000), a fin de lograr la aprehensión de Jorge Antonio SALAZAR OPORTO, Cédula Chilena N° 7.973.549-3, nacido el 7 de julio de 1961, de nacionalidad chilena, hijo de José Antonio SALAZAR RIQUELME y Nelly del Carmen OPORTO JIMÉNEZ y de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000), a fin de lograr la aprehensión de Alexis Alfredo CORTES TORRES, Cédula Chilena N° 12.570.143-4, nacido el 6 de mayo de 1974, de nacionalidad chilena, hijo de Wilson Alfredo CORTES AGUIRRE y Isnelda del Carmen TORRES TAPIA.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago. Y, que, a su vez, el monto de la recompensa será fijado atendiendo a la complejidad del hecho y a las dificultades que existan para la obtención de la información.

Que el artículo 1° del Anexo II de la Resolución N° 828/2019, establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa, y por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime el titular de esta cartera ministerial.

Que en atención a lo establecido en los artículos 1° y 2 del Anexo II de la Resolución N° 828/2019, resulta procedente incrementar el monto de la mencionada recompensa.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dispóngase el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante Resolución M.S. Nº 117-E/2018 a la suma total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Jorge Antonio SALAZAR OPORTO, Cédula Chilena N° 7.973.549-3, nacido el 7 de julio de 1961, de nacionalidad chilena.

ARTÍCULO 2°.- Dispóngase el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante Resolución M.S. Nº 117-E/2018 a la suma total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Alexis Alfredo CORTES TORRES, Cédula Chilena N° 12.570.143-4, nacido el 6 de mayo de 1974, de nacionalidad chilena.

ARTÍCULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 5º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 6°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches que obran como (IF-2021-19580056-APN-DNCJYMP#MSG) e (IF-2021-19580190-APN-DNCJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 7º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 8º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sabina Andrea Frederic

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/03/2021 N° 13647/21 v. 11/03/2021

Fecha de publicación 11/03/2021