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COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 144/2021

DI-2021-144-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 04/03/2021

Visto el Expediente N° EX-2021-008908523-APN-DCSYL#CNRT; y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0005-CDI21, denominada COMPULSA COVID-19 Nº 2/2021, llevada a cabo con el objeto de adquirir de Insumos y elementos de protección para el personal en el marco de la pandemia de COVID-19.

Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.

Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS Y LA SUBGERENCIA DE FISCALIZACION DE DELEGACIONES REGIONALES, mediante las Notas Nros. NO-2021-05382283-APN-GCYPS#CNRT, NO-2021-05450881-APN-GCYPS#CNRT y NO-2021-06265631-APN-SFRD#CNRT, ante la necesidad de dotar al cuerpo de fiscalizadores, que se encuentran cumpliendo tareas de apoyo y control en los distintos puntos de fiscalización, de los insumos y elementos de protección necesarios, para un desarrollo seguro de sus funciones y al personal de la oficina de calidad, a fin de que en los espacios de trabajo y de atención al ciudadano, pueda brindar un servicio seguro tanto para los trabajadores de este Organismo, como para el público en general, en el marco de pandemia por COVID-19.

Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una Contratación DIRECTA POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al expediente de la referencia como PLIEG-2021-10215158-APN-DCSYL#CNRT, todas las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021- 09180002-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.

Que el 09 de febrero de 2021, se efectuó el Acto de Apertura, generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose las ofertas de las firmas CONMIL S.R.L. (CUIT N° 30-66115333-0), PROVEX S.R.L. (CUIT N° 30-71517096-1), UNOLEX S.A. (CUIT N° 33-70936634-9), XIMAX S.R.L. (CUIT N° 30-70756341-5), MARKETING DIMENSION S.A. (CUIT N° 30-70851561-9), DIEGO PASMAN (CUIT N° 20-29950091-9), ROSANA MARÍA LEONOR POLLERO (CUIT N° 27-16910912-0), 152bis SAS (CUIT N° 30-71581078-2), GUILLERMO ANDRES GALVAN (CUIT N° 20-27833518-7), QUIMICA CORDOBA S.A. (CUIT N° 33-57611332-9), VYAM GROUP S.R.L. (CUIT N° 30-71230774-5) y ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (CUIT N° 30-65687578-6).

Que, analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe N° IF-2021-15274648-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar del siguiente modo, a las firmas: PROVEX S.R.L. el Renglón N° 5 por un monto de PESOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 19.950.-), MARKETING DIMENSION S.A. los Renglones Nros. 1, 3 y 4 por un monto de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 37.457.-), 152bis SAS los Renglones Nros. 6, 7 y 9 por un monto de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 166.650.-), VYAM GROUP S.R.L. el Renglón N° 8 por un monto de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 59.400.-) y ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. el Renglón N° 2 por un monto de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-); por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a los valores de mercado, a la normativa vigente para este tipo de procedimientos y a la opinión vertida por la SUBGERENCIA DE FISCALIZACION DE DELEGACIONES REGIONALES, mediante el Informe N° IF-2021-14857993-APN-DCSYL#CNRT y por la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICOS, en su informe N° IF-2021-14858330-DCSYL#CNRT.

Que en ese mismo orden de ideas, aconseja desestimar la oferta presentada para el Renglón N° 2, a las firmas UNOLEX S.A., siendo que el proveedor no cumplió con lo solicitado en el artículo 9° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, inherente a la presentación de muestras de ser necesario y para el renglón N° 9, a la firma VYAM GROUP S.R.L.

Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES, informó la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la presente medida.

Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35, y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.

Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto Nº 302/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0005-CDI21, denominada COMPULSA COVID-19 Nº 2/2021, llevada a cabo para adquirir Insumos y elementos de protección para el personal en el marco de la pandemia de COVID-19, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020 y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021- 09180002-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicase a las firmas: PROVEX S.R.L. el Renglón N° 5 por un monto de PESOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 19.950.-), MARKETING DIMENSION S.A. los Renglones Nros. 1, 3 y 4 por un monto de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 37.457.-), 152bis SAS los Renglones Nros. 6, 7 y 9 por un monto de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 166.650.-), VYAM GROUP S.R.L. el Renglón N° 8 por un monto de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 59.400.-) y ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. el Renglón N° 2 por un monto de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-); por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a los valores de mercado, a la normativa vigente para este tipo de procedimientos, y a la opinión vertida por la SUBGERENCIA DE FISCALIZACIN DE DELEGACIONES REGIONALES, mediante Informe N° IF-2021-14857993-APN-SFDR#CNRT y por la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICOS, en su Informe N° IF-2021-14858330-DCSYL#CNRT

ARTÍCULO 4º.- Desestimase las ofertas presentadas para el Renglón N° 2, a las firmas UNOLEX S.A., siendo que el proveedor no cumplió con lo solicitado en el artículo 9° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, inherente a la presentación de muestras de ser necesario y para el Renglón N° 9, a la firma VYAM GROUP S.R.L.

ARTÍCULO 5º.- Establécese que intervendrán en la recepción de los bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Disposición por el monto total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 287.457.-), se imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.

ARTÍCULO 7º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo anterior y archívese.

Jose Ramon Arteaga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. Se deja constancia que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares PLIEG-2021-09180002-APNDCSYL#CNRT que forma parte integrante de la presente Disposición, no es acompañado como adjunto atento a que el mismo puede ser consultado públicamente a través del sistema de contrataciones electrónicas “COMPR.AR” ingresando el número de proceso.

e. 15/03/2021 N° 14641/21 v. 15/03/2021

Fecha de publicación 15/03/2021