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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art.1ro. de la Ley 25603, para la mercadería que se encuentra en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer sobre la mercadería secuestrada en los contenedores EGHU 313332-9, EISU 907487-4 y EISU 996038-4 y que diera origen a la causa 2317/2011 del registro del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 2, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Asimismo en el supuesto que la mercadería requiera intervenciones de terceros organismos, deberá aportar los respectivos certificados de aptitud así como los contratos para la utilización de marcas o licencias. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas, deberá presentarse en la División Gestión de Secuestros, sita en la calle Azopardo 350, Subsuelo ala Moreno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ricardo Javier Valerga, Empleado Administrativo, División Gestión de Secuestros.

e. 17/03/2021 N° 15217/21 v. 17/03/2021

Fecha de publicación 17/03/2021