Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 126/2021

RESOL-2021-126-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2021

VISTO el Expediente EX-2021-01965006- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y la Resolución M.S. N° 828/2019 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 5, DESCENTRALIZADA DE ESCOBAR, DEPARTAMENTO JUDICIAL ZARATE CAMPANA, Provincia de Buenos Aires, a cargo del Doctor Claudio Andrés AUNDJIAN, tramita la I.P.P. N° PP-18-00-1247/20 caratulada “NN S/ HOMICIDIO AGRAVADO, VTMA. KRIP GUSTAVO”, con intervención del JUZGADO DE GARANTÍAS N° 3, del mencionado Departamento Judicial, a cargo del Doctor Luciano MARINO.

Que la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, mediante Oficio de fecha 05 de noviembre de 2020, solicitó a la Dirección Nacional de Cooperación Judicial y Ministerios Públicos, de este Ministerio, se ofrezca una recompensa destinada para aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión del autor del homicidio de quien en vida fuera Gustavo José Ivan KRIP, argentino, titular del D.N.I. N° 34.338.635, con domicilio en la calle Guido Spano N° 127 ciudad de Ingeniero. Maschwitz, Partido de Escobar, Provincia de Buenos Aires.

Que la víctima Gustavo José Ivan KRIP, el día 31 de enero de 2020 se encontraba sentado en la calle Independencia y Don Orione ciudad de Ingeniero Maschwitz, Partido de Escobar, junto con el Señor Juan LARA, y un N/N masculino con el rostro cubierto, desciende de una camioneta de color blanca y efectúa dos disparos en la cabeza de la víctima, produciendo su muerte en forma inmediata para luego darse a la fuga, desconociendo su paradero hasta el día de la fecha.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión del autor del homicidio de quien en vida fuera Gustavo José Ivan KRIP, argentino, titular del D.N.I. N° 34.338.635, quien el día 31 de enero de 2020 se encontraba sentado en la calle Independencia y Don Orione, ciudad de Ingeniero Maschwitz, Partido de Escobar, y un N/N masculino con el rostro cubierto, desciende de una camioneta de color blanca y efectúa dos disparos en la cabeza de la víctima, produciendo su muerte en forma inmediata para luego darse a la fuga, desconociendo su paradero hasta el día de la fecha.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como (IF-2021-08326405-APN-DNCJYMP#MSG) correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entra en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sabina Andrea Frederic

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/03/2021 N° 16373/21 v. 19/03/2021

Fecha de publicación 19/03/2021