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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 249/2021

DECAD-2021-249-APN-JGM - Licitación Pública N° 14/2020.

Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-45081239-APN-DCYC#MS y los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 1391 del 20 de agosto de 2020 del MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0014-LPU20, llevada a cabo para la adquisición de anticonceptivos orales e inyectables, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA de la citada Cartera Ministerial.

Que, asimismo, dicha medida aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente a la citada licitación.

Que con fechas 31 de agosto y 3 de septiembre de 2020, respectivamente, se emitieron las Circulares Modificatorias N° 1 y N° 2 al referido Pliego.

Que ambas circulares fueron difundidas, comunicadas y publicadas conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Anexo del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que del Acta de Apertura de fecha 16 de septiembre de 2020 surge la presentación de las ofertas de las firmas DROGUERÍA DEL SUD S.A., PFIZER S.R.L., BAYER S.A., MICROSULES ARGENTINA S.A. de S.C.I.I.A, LABORATORIO ELEA PHOENIX S.A., SUIZO ARGENTINA S.A., MSD ARGENTINA S.R.L., LABORATORIOS BERNABO S.A., MR PHARMA S.A. y BIOTENK S.A.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo, mediante Orden de Trabajo N° 515/20 de fecha 16 de septiembre de 2020, informando precios testigo para los renglones 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y valor de referencia para el renglón 7, en los términos y alcances establecidos por la Resolución SIGEN Nº 36-E/2017 y sus modificatorias.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente Informe Técnico del que surge el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por parte de todas las ofertas, con excepción de la presentada por la firma SUIZO ARGENTINA S.A. para el renglón 3.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD solicitó mejora de precios a los oferentes MR PHARMA S.A. y PFIZER S.R.L. para los renglones 1 y 7, respectivamente.

Que, considerando los precios cotizados, la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA, con la conformidad de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, ambas del MINISTERIO DE SALUD, se expidieron sobre las razones de oportunidad, mérito y conveniencia que aconsejan continuar con la adjudicación del renglón 7.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 3 de diciembre de 2020, recomendando la adjudicación de las ofertas válidas de las firmas LABORATORIO ELEA PHOENIX S.A. para los renglones 2, 3, 4 y 6, BIOTENK S.A. para el renglón 5 y PFIZER S.R.L. para el renglón 7.

Que, asimismo, en el mencionado Dictamen de Evaluación se aconseja desestimar las ofertas de las firmas BAYER S.A. para el renglón 6, MICROSULES ARGENTINA S.A. de S.C.I.I.A para el renglón 2, MR PHARMA S.A. para el renglón 1 y BIOTENK S.A. para el renglón 2, todas ellas por no resultar económicamente convenientes, y SUIZO ARGENTINA S.A para el renglón 3, por no cumplir con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde declarar fracasado el renglón 1 por no contarse con ofertas válidas vigentes.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que por lo expuesto, procede adjudicar la presente Licitación Pública N° 14/20 del MINISTERIO DE SALUD de conformidad con la recomendación de la citada Comisión Evaluadora.

Que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el presente gasto.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d), e) y g) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°. - Apruébase la Licitación Pública N° 14/20 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de anticonceptivos orales e inyectables, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA de la citada Cartera Ministerial.

ARTÍCULO 2°.- Desestímanse las ofertas de las firmas BAYER S.A. para el renglón 6, MICROSULES ARGENTINA S.A. de S.C.I.I.A para el renglón 2, MR PHARMA S.A. para el renglón 1, BIOTENK S.A. para el renglón 2 y SUIZO ARGENTINA S.A para el renglón 3, por las razones expresadas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Declárase fracasado el renglón 1.

ARTÍCULO 4°.-Adjudícase la Licitación Pública N° 14/20 del MINISTERIO DE SALUD, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

LABORATORIO ELEA PHOENIX S.A. (CUIT N° 30-54464021-2)

Renglones 2 por un total de 3.850.000 unidades, 3 por un total de 500.000 unidades, 4 por un total de 700.000 unidades y 6 por un total de 500.000 unidades: $428.146.500.-

BIOTENK S.A. (CUIT N°: 30-61130663-2)

Renglón 5 por un total de 500.000 unidades: $86.850.000.-

PFIZER S.R.L. (CUIT N° 30-50351851-8)

Renglón 7 por 100.000 unidades: $19.482.000.-

TOTAL ADJUDICACIÓN: $534.478.500.-

ARTÍCULO 5°- La suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($534.478.500) a la que asciende la presente licitación pública se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD para el Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de la licitación pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Carla Vizzotti

e. 25/03/2021 N° 17531/21 v. 25/03/2021

Fecha de publicación 25/03/2021