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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 220/2021

DCTO-2021-220-APN-PTE - Promoción.

Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2020-73566923-APN-DIAP#ARA, la Ley Nº 19.101 y sus modificatorias, el Decreto Nº 2037 del 3 de noviembre de 1992, lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 2.03.03. del Anexo II de la “Reglamentación para la Armada de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101” (parte aprobada por Decreto Nº 2037/92) – Título II – Personal Militar en Actividad – Capítulo III – Ascensos se establecen los requisitos necesarios para ser ascendido o ascendida al grado inmediato superior del Personal Militar Superior.

Que el Jefe del Estado Mayor General de la Armada, con el asesoramiento de la Junta de Calificaciones, calificó a los y las Oficiales Jefes y Jefas y Subalternos y Subalternas detallados y detalladas en el artículo 1º del presente decreto “PROPUESTOS PARA EL ASCENSO” al 31 de diciembre de 2020.

Que dichos y dichas Oficiales reúnen los requisitos previstos en el aludido Decreto Nº 2037/92 para su promoción al grado inmediato superior.

Que la ARMADA ARGENTINA cuenta con la existencia del crédito presupuestario para hacer frente a las erogaciones que implica esta medida, como así también de las vacantes correspondientes.

Que las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURÍDICOS de la ARMADA ARGENTINA y del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto en el artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 45 de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promuévese al grado inmediato superior, con fecha 31 de diciembre de 2020, al Personal Militar de Oficiales de la ARMADA ARGENTINA – ARA mencionado en ANEXO I (IF-2021-23367842-APN-SSPEYPM#MD) que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande la medida se imputará con cargo al presupuesto vigente de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA – Subjurisdicción 45.22 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Agustin Oscar Rossi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/03/2021 N° 18848/21 v. 29/03/2021

Fecha de publicación 29/03/2021