BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “B” 12146/2021
25/03/2021
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE REDES DE CAJEROS AUTOMÁTICOS:
Ref.: Ampliación de límites de transferencias de fondos
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que el requerimiento establecido en el punto 2.2.4. de las normas sobre “Sistema Nacional de Pagos -Transferencias” vinculado con la posibilidad de que los clientes puedan solicitar la ampliación temporal de límites para realizar transferencias es un servicio que -por su analogía debe encontrarse disponible para Pagos electrónicos que impliquen transferencias de fondos.
En particular, debe contemplarse para el pago de Volantes Electrónicos de Pago (VEP) y la carga de la “Billetera electrónica AFIP”, de manera tal de facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 27.605 y la Resolución General 4930/21 de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Luis A. D’Orio, Gerente Principal de Sistemas de Pago y Cuentas Corrientes - Julio César Pando, Subgerente General de Medios de Pago.
e. 30/03/2021 N° 18819/21 v. 30/03/2021
Fecha de publicación 30/03/2021