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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES

Resolución 47/2021

RESOL-2021-47-APN-CNCPS#PTE

Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2021

VISTO el EX – 2021 - 09677794 -APN - DDYME#CNCPS, y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357/02 se creó el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el objeto de constituir un ámbito de planificación y coordinación de la política social nacional para mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de los recursos.

Que por el Decreto N° 984/20 se creó el PLAN NACIONAL ACCIONAR cuyo objetivo general es lograr un abordaje territorial integral de políticas sociales en las localidades más vulnerables, según los criterios de priorización que se determinen de la interpretación conjunta de los datos obrantes en el MAPA ACCIONAR.

Que por el Decreto citado en el considerando precedente se instruyó a la SUBSECRETARÍA DE POLITICAS SOCIALES del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE PÓLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION a implementar y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento del PLAN NACIONAL ACCIONAR, con las jurisdicciones y entidades involucradas en cada una de las temáticas de dicho plan.

Que en el referido Decreto se aprobaron once líneas de acción para el abordaje territorial, entre las que se encuentra la de AYUDAS URGENTES. Esta línea de acción se refiere a aquellas ayudas que se puedan crear dentro del ámbito del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para atender situaciones de desprotección social extremas, que se detecten en el contacto directo con el territorio.

Que, en virtud de lo expuesto, y teniendo en miras el abordaje territorial integral que tiene como objetivo el PLAN NACIONAL ACCIONAR, resulta ineludible regular esta línea de acción que permite la intervención pronta y eficiente ante aquellas contingencias que se observen urgentes en la articulación con los gobiernos municipales y/o en el contacto directo con las personas en cada territorio del país.

Que atento a lo señalado precedentemente, resulta necesaria la creación del PROGRAMA DE AYUDAS URGENTES EN EL MARCO DEL PLAN NACIONAL ACCIONAR, en el ámbito del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA COORDINACIÓN de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado intervención en las presentes actuaciones.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Señora Presidenta del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se encuentra facultada para el dictado de la medida conforme las facultades otorgadas por el artículo 8° del decreto 357/02, sus modificatorias, y el Decreto N° 984/20.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES

DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Créase el PROGRAMA DE AYUDAS URGENTES EN EL MARCO DEL PLAN NACIONAL ACCIONAR en el ámbito del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I (IF-2021-26984003-APN-SSPS#CNCPS) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2°: Apruébase el circuito administrativo y de rendición de cuentas del programa creado por el Artículo 1° del presente, que como Anexo II (IF-2021- 27055712-APN- SSPS#CNCPS) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3°: Apruébase el formulario de declaración jurada sobre aplicación de fondos de subsidio, que como Anexo III (IF-2021- 26986116 -APN- SSPS#CNCPS) se agrega como parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 4°: Apruébanse los formularios de aplicación al PROGRAMA DE AYUDAS URGENTES, que como Anexo IV (IF-2021- 26987193 -APN- SSPS#CNCPS) se agregan como parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 5°: El gasto que demande la presente medida será imputada a las partidas específicas de la Jurisdicción Jurisdicción 20.16 – Programa 21 – Asistencia y Coordinación de Políticas Sociales - del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

ARTÍCULO 6°: Asignase la ejecución del programa creado en el Artículo 1° de la presente resolución a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTICULO 7°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, pase a la SUBSECRETARÍA DE POLITICAS SOCIALES del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, a sus efectos.

Victoria Tolosa Paz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/04/2021 N° 19972/21 v. 05/04/2021

Fecha de publicación 05/04/2021