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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 105/2021

RESOL-2021-105-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-22694012- -APN-DGD#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92), el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por sus similares N° 335 de fecha 4 de abril de 2020 y N° 532 de fecha 9 de junio de 2020, la Decisión Administrativa Nº 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se propicia aprobar el “Modelo de Convenio Marco de Cooperación” a ser suscripto por el MINISTERIO DE TRANSPORTE y empresas y entidades del sector público y privado, a los fines de establecer un marco de coordinación de esfuerzos, planificación, programación y desarrollo de actividades e iniciativas conjuntas de impacto colectivo para el desarrollo comunitario de acuerdo a los planes de trabajo que se acuerden dirigidas a lograr una mayor inclusión de los sectores más postergados y la mejora del Sistema de Transporte, entendido como servicio prioritario para el desarrollo de las comunidades.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE TRANSPORTE, mediante la Providencia Nº PV-2021-22860920-APN-DGRI#MTR de fecha 15 de marzo de 2021, señaló que el modelo de Convenio busca articular una mesa de trabajo con empresas y entidades del sector público y privado que tengan Programas de Responsabilidad Social Empresaria a fin de aunar esfuerzos para delinear acciones que impacten en la comunidad.

Que dicha Dirección General, mediante el Informe Nº IF-2021-27188735-APN-DGRI#MTR de fecha 27 de marzo de 2021, indicó que la coordinación de esfuerzos entre sí y con otras instituciones de similar carácter del ámbito público y privado resulta beneficiosa para una mejor utilización de los recursos y capacidades que hoy existen.

Que, asimismo, señaló que el MINISTERIO DE TRANSPORTE tiene como uno de los ejes de su política arbitrar, promover, impulsar y coordinar las acciones que resulten necesarias para generar condiciones para que todas las personas tengan las mismas posibilidades de acceder al cumplimiento de sus derechos y desarrollarse en un marco de libertad dentro del ámbito del transporte de jurisdicción nacional e internacional.

Que, a su vez, señaló que el diseño e implementación de estrategias de asociación y colaboración de las partes en causas sociales vinculadas a las y los usuarios del sistema de transporte en todo el país resultan esenciales como eje de sus políticas empresariales para mejorar las posibilidades y oportunidades de la comunidad donde las partes tengan alcance.

Que corresponde al MINISTERIO DE TRANSPORTE, en el marco de sus competencias y por intermedio de sus áreas competentes, entre otras, entender en la planificación, ejecución, gestión y fiscalización de políticas y obras de transporte que conectan el país, encontrándose desarrollando diversas acciones tendientes a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, constituyendo el transporte, un servicio público esencial para la vida de los que habitan y transitan por el territorio argentino.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) asigna al MINISTERIO DE TRANSPORTE la funciones de orientar, en forma indicativa, las actividades del sector privado vinculadas con los objetivos de su área; y de promover y fortalecer la iniciativa privada en función del bien común a través de la coordinación de las funciones y acciones de sus organismos dependientes y las de éstos con las de los del ámbito privado.

Que, asimismo, le atribuye a esta Cartera de Estado la competencia para entender en la elaboración, regulación, supervisión, ejecución, de objetivos y políticas del área de su competencia, orientando en dicho marco la actividad del sector privado con el objeto de promover y fortalecer la iniciativa privada en función del bien común a través de la coordinación de las funciones y acciones de sus organismos dependientes y las de éstos con las de los del ámbito privado.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES en el citado informe considera oportuno promover la aprobación de un modelo de convenio marco de cooperación con dichas entidades a fin de establecer las bases para comenzar a trabajar en el Proyecto Reconstruirse, el cual se implementara a través de la firma de dicho convenio marco para luego conformar diversas mesas de trabajo constituidas a partir de los siguientes ejes: ambiente, género y educación.

Que, en ese orden de ideas, señaló que el Proyecto Reconstruirse conforma un equipo de trabajo para pensar, articular y ejecutar políticas públicas que puedan beneficiar a la comunidad; es por ello, que se promueve la integración con distintos actores del ámbito público y privado que tengan Programas de Responsabilidad Social Empresarial con la finalidad de: promocionar comportamientos voluntarios, socialmente responsables; diseñar, desarrollar y poner en servicio políticas públicas, planes, programas y proyectos que tiendan lograr objetivos sociales; e instalar un nuevo valor social para que las empresas puedan sumar con su accionar.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNEROS Y DIVERSIDAD dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4 y 21 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el modelo de Convenio Marco de Cooperación que como Anexo (IF-2021-30421844-APN-MTR) forma parte integrante de la presente medida, para su suscripción por empresas y entidades del sector público y privado y el MINISTERIO DE TRANSPORTE a los fines de establecer un marco de coordinación de esfuerzos, planificación, programación y desarrollo de actividades e iniciativas conjuntas de impacto colectivo para el desarrollo comunitario de acuerdo a los planes de trabajo que se acuerden dirigidas a lograr una mayor inclusión de los sectores más postergados y la mejora del Sistema de Transporte, entendido como servicio prioritario para el progreso de las comunidades.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Andrés Meoni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/04/2021 N° 21800/21 v. 09/04/2021

Fecha de publicación 09/04/2021