ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 348/2021
RESOL-2021-348-APN-ENACOM#JGM FECHA 14/4/2021 ACTA 69
EX-2020-63538202-APN-REYS#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Otorgar a la empresa SGB S.R.L., licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2 - La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación de los servicios a registrar, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este Organismo. 3 - Otorgar a la empresa SGB S.R.L. un plazo de 90 días a contar de la publicación de la presente, a fin de que presente, ante este Organismo, copia de las constancias de inscripción ante el registro competente del estatuto social y sus posteriores reformas, como así también del acta de designación de autoridades vigentes. La falta de presentación de la documentación requerida, operará como condición resolutoria de la licencia otorgada por el presente acto. 4 - Notifíquese a la interesada. 5 - Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.: Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 19/04/2021 N° 24134/21 v. 19/04/2021
Fecha de publicación 19/04/2021