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23 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA SANTO TOMÉ

EDICTO DE NOTIFICACION (ART. 1013 INC.“I” COD. ADUANERO)

Se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos que más abajo se mencionan a presentar su defensa y ofrecer prueba por presunta infracción imputada prevista y penada por el Código Aduanero (LEY 22415), bajo apercibimiento de rebeldía (art. 1105 del C.A.). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la aduana (Art. 1001 C.A.), situada en el CENTRO UNIFICADO DE FRONTERA de la Ciudad de Santo Tome, Pcia. De Ctes., ubicado en RUTA 121 KM 5,5; debiendo tener presente lo prescrito por el Art. 1034 del C.A.; bajo apercibimiento del Art. 1004 del citado texto legal. Asimismo se hace saber que la presente es independiente de la resoluciòn que pudiere recaer en sede judicial en trámite. De igual manera, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería, se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 977/978 del Código Aduanero a fin de que en el perentorio plazo de diez (10) días, previo depósito en autos del monto de la multa mínima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería, caso contrario esta instancia lo pondra a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y, respecto de aquellos a quienes se les imputa las infracciones previstas en los arts. 985/986/987 y 947 del Código Aduanero de no obrar oposición fundada por parte de los mismos dentro del plazo para contestar la vista conferida, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación.

SC84 N° INTERESADODNI / CUIT / CIINF. ART.MULTA MÍNIMA
66-2016/6Lorenzo, Pablo Josué28.690.809987$1.234.758,17
187-2016/9De Fante, Octavio Reinaldo33.076.459986$19.260.541,50
144-2020/5Mendez, María Alejandra26.576.220985$32.327,26
214-2020/9Luquelli, Santiago Esteban40.306.268986/987$45.419,12
218-2020/1Carballo, Edgardo Ezequiel41.192.999987$52.120,83
221-2020/2Villalba, Antonella Ayelen39.724.801987$20.625,54
222-2020/0Sarrechia, Miguel Salvador21.637.338986/987$680.898,89
225-2020/5Horster, Gustavo Fabián27.299.013986$209.736,51
229-2020/8Fernandez, Carlos Lionel8.543.050987$131.764,05
230-2020/2Gonzalez Martinez, Arsenio94.664.255987$73.787,87
231-2020/0Lopez, Violeta Itati32.118.041987$78.427,32
232-2020/9Medina, Marciano11.015.568987$35.021,01
233-2020/7Medina, Marcelo Fabián30.619.652987$30.547,18
235-2020/3Lombardo, Jorge Ramón Alberto14.241.097985$320.649,11
236-2020/1Solis, Mario Valentino25.201.426985$55.155,12
237-2020/KSoley, Miguel Gustavo24.819.612985$27.577,56
238-2020/8Justen, Guillermo Matías35.014.666985$30.339,87
242-2020/7Alegre, Adrián de Jesús29.387.006985$17.964,16
244-2020/3Justen Guillermo Matías35.014.666985$25.627,91
245-2020/1Brunelli, Miguel Ángel28.867.252985$76.900,94

Hugo Marcelo Fabian Medina Aranda, Administrador de Aduana.

e. 19/04/2021 N° 24018/21 v. 19/04/2021

Fecha de publicación 19/04/2021