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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS

Decreto 258/2021

DCTO-2021-258-APN-PTE - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2021

Visto el Expediente N° EX-2021-11927798-APN-DGD#MC, la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias y los Decretos Nros. 2525 del 24 de noviembre de 2015 y 631 del 5 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que atento la renuncia presentada por la licenciada Alicia María de ARTEAGA, quien fuera designada Vocal de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS mediante el citado Decreto N° 631/19, a partir del 5 de septiembre de 2019, con carácter honorario y hasta el día 8 de marzo de 2022, dicho cargo se encuentra vacante.

Que el artículo 1º bis de la Ley Nº 12.665 y el inciso 1) del artículo 1º bis del Anexo I del Decreto Nº 2525/15 establecen que el Presidente o la Presidenta y los o las Vocales de la citada Comisión Nacional serán designados o designadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta del MINISTERIO DE CULTURA.

Que, en tal sentido, el MINISTERIO DE CULTURA ha elevado la correspondiente propuesta de designación en el cargo vacante del arquitecto José Luis FERRERO, quien acredita la idoneidad y los antecedentes institucionales para el desempeño de la función.

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de acuerdo con las previsiones contempladas en el artículo 1º bis de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase Vocal de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, organismo desconcentrado dependiente de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, al arquitecto José Luis FERRERO (D.N.I. Nº 13.726.586), con carácter honorario, para completar un período de ley que vence el 8 de marzo de 2022.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer

e. 21/04/2021 N° 25148/21 v. 21/04/2021

Fecha de publicación 21/04/2021