Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

Resolución 38/2021

RESOL-2021-38-APN-SIP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/04/2021

VISTO,

el Expediente N° EX-2021-34941040- -APN-SIP#JGM, los Decretos Nros. 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa Nº 1865 de fecha 14 de octubre de 2020, la NOTA de la Empresa de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT S.A.) NO-2021-00000306-ARSAT-D#ARSAT, de fecha 8 de marzo de 2021, y

CONSIDERANDO

Que el ritmo acelerado que implica la continua innovación tecnológica y el impacto de la globalización sobre el ámbito de las disciplinas académicas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM), la profundización de los mercados en ese sector y, consecuentemente, la sofisticación creciente de las demandas plantea constantes exigencias de renovación y transformación del aparato productivo, las que se hacen extensivas, particularmente, a las áreas de recursos humanos.

Que la preparación y capacitación del personal es un elemento de suma importancia para la competitividad y el desarrollo no solo del ámbito privado, sino también del público.

Que, no obstante, se ha constatado que las mujeres y disidencias debido a patrones de desigualdad cultural acceden en menor medida a formaciones que se adecuen a las demandas laborales actuales y, particularmente, en lo referente a las disciplinas académicas de CTIM, lo que incide desfavorablemente en sus niveles de inserción laboral y promoción del empleo y amplía la brecha digital existente en la materia.

Que, la exclusión de las mujeres y disidencias de ciertos sectores económicos, en particular de los más dinámicos, como lo son aquellos referidos al de las tecnologías de la información y las comunicaciones, afecta el goce pleno y efectivo de sus derechos y la realización de su independencia como personas y, consecuentemente, sus posibilidades de crecimiento económico.

Que, particularmente en la REPÚBLICA ARGENTINA, las mujeres y disidencias enfrentan mayores obstáculos para acceder al mercado de trabajo en las áreas de las disciplinas académicas de CTIM, y sus trayectorias tienden a ser más inestables que las de los hombres.

Que, en una industria en pleno crecimiento, la inserción laboral de la mujer en el sector sigue presentando desafíos: el 30% de los puestos en tecnología quedarán sin cubrir en 2020 por falta de profesionales en tecnología (Fuente: Informe Demanda de Capacidades 2020, el Instituto Nacional de Educación Tecnológica ); la tasa de feminidad del empleo asalariado en el sector de las telecomunicaciones es del 26% vs. 71% de servicios sociales (Fuente: Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial); en Argentina, tres (3) de cada diez (10) estudiantes de carreras en Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemática (CTIM) que se registran en universidades públicas y privadas son mujeres (Fuente: BID - Un potencial con barreras: la participación de las mujeres en el área de Ciencia y Tecnología en Argentina); en 2017 se graduó una (1) ingeniera cada diez mil cuatrocientas veintisiete (10.427) mujeres, mientras que se recibió un (1) ingeniero cada 3.238 hombres en el país; la presencia de las mujeres en las ingenierías asciende, aunque más lento de lo que debería; en 2009 eran el 22%. Ocho años después, el 24% de los ingresantes fueron mujeres y, del mismo modo, del total de graduación sólo representaron el 24% (Fuente: Datos de la Secretaría de Políticas Universitarias).

Que, los nuevos desafíos radican en la adopción de estrategias para reducir la brecha digital de género existente, a través de la ampliación de la cobertura educativa de las mujeres y disidencias en esas áreas asegurando su mejoramiento cualitativo, y garantizando su promoción profesional, siendo imprescindible para ello, ampliar la oferta de la formación técnica y profesional de tal modo que abarque ocupaciones no tradicionales o que supongan un uso intensivo de la tecnología, como parte de una estrategia global de desarrollo de talento humano.

Que, a la par, desde el Estado se debe apoyar y estimular un cambio de los patrones culturales y laborales existentes, que permita otorgar un nuevo valor social y económico a los conocimientos adquiridos por las mujeres y disidencias, sus cualidades y sus características específicas promoviéndose, a tales fines, políticas que propicien el perfeccionamiento de estos grupos a fin de que, a través de la capacitación puedan incorporarse en diferentes puestos de trabajo, hoy ocupados en su mayoría por hombres, incluso en los directivos, estableciendo, asimismo, parámetros equitativos para los incrementos salariales.

Que, a tales fines, se hace necesario ejecutar programas de formación, especialmente relacionados a las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones dirigidos, entre otras, a las mujeres y disidencias afectadas por la reestructuración y el cambio tecnológico.

Que, asimismo, debido a la especificidad derivada del sistema de género, la capacitación que se imparta a las mujeres y disidencias para su inserción o reinserción laboral, debe ir acompañada por el diseño y la ejecución de programas de formación y acompañamiento con enfoque de género y la organización de diferentes iniciativas de sensibilización sobre el análisis de los problemas derivados de las condiciones sociales de los géneros y destinados a personas del sector de la educación, funcionarios y funcionarias, profesionales y equipos técnicos y de capacitación de instituciones públicas y pri sé vadas, estratégicamente perfilados a efectos de involucrarse activamente en los procesos de innovación.

Que, en tal sentido, la formación, la capacitación y el desarrollo de los recursos humanos de una empresa o de una entidad o jurisdicción del Estado y, particularmente de las mujeres y disidencias que en alguno de esos ámbitos prestan servicios, se encuentra estrechamente relacionado con el futuro de la sociedad pero, para estos grupos además resulta ser un instrumento que les permitirá alcanzar mayor autonomía, independencia y mejorar su calidad de vida, implicando, a la par, que puedan desarrollarse, educarse y expresarse en libertad con las mismas oportunidades y derechos, sin sesgo de género.

Que mediante la NOTA de la la Empresa de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT S.A.) NO-2021-00000306-ARSAT-D#ARSAT, de fecha 8 de marzo de 2021, se han recibido los antecedentes del “PROGRAMA DE GÉNERO y TECNOLOGÍA EN ARSAT” aprobado mediante Acta de Directorio Nº 388, de fecha 8 de octubre de 2020 cuya finalidad radica en buscar espacios de encuentro donde se generen estrategias comunes y una red de intercambio de capacidades y perspectivas de colaboración interna y externa a esta empresa, en el entendimiento que es necesario trabajar conjuntamente en iniciativas sobre igualdad de género que coadyuven a la profundización de vínculos y al fortalecimiento de lazos y sinergias, lo que contribuirá a la construcción y al desarrollo de una sociedad más justa, equitativa y solidaria.

Que por las acciones y objetivos perseguidos por el “CENTRO DE GÉNEROS EN TECNOLOGÍA” (Centro G+T), resulta el “PROGRAMA DE GÉNERO Y TECNOLOGÍA EN ARSAT” el órgano propicio para coordinar y llevar operativamente el funcionamiento del Centro G+T.

Que por el Decreto Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, se modificó parcialmente la Ley de Ministerios Nº 22.520, estableciéndose entre las atribuciones del Jefe de Gabinete de Ministros, la de “entender en el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público, a la innovación de gestión, a la modernización de la Administración Pública Nacional, al régimen de compras y contrataciones, a las tecnologías de la información, las telecomunicaciones, los servicios de comunicación audiovisual y los servicios postales”.

Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los de “Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación administrativa y tecnológica del ESTADO NACIONAL en sus distintas áreas, su Administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia” y “Entender en el diseño de las políticas que promuevan la apertura e innovación y el gobierno digital, como principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional”.

Que la Decisión Administrativa Nº 1865 de fecha 14 de octubre de 2020, aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, creando, entre otras, la DIRECCIÓN DE MUJERES, GÉNEROS, DIVERSIDAD Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PAÍS DIGITAL de la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO ABIERTO Y PAÍS DIGITAL de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA.

Que se establecieron, como acciones de la citada Dirección, la de asistir a la Dirección Nacional en el diseño, planificación y ejecución de una estrategia de géneros y Tecnologías de la información y las Comunicaciones para reducir la brecha digital para mujeres e identidades no binarias, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencias en la materia, diseñar mejores prácticas en materia de géneros y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a través de capacitaciones, talleres y jornadas, presenciales o a distancia, en el ámbito de su competencia; asesorar a la Dirección Nacional en el análisis, continuidad, interrupción y/o ampliación del trabajo de plataformas digitales y aplicaciones sobre géneros, mujeres y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencias en la materia, asistir a la Dirección Nacional en la representación nacional en foros, como así también en la elaboración e implementación de convenios relacionados a géneros y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; coordinar con municipios y otros organismos públicos que así lo requieran, capacitaciones, charlas o talleres referidos a mujeres, géneros y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el ámbito de su competencia e implementar y gestionar jornadas de sensibilización, cursos y capacitaciones en políticas de géneros para el personal de la Secretaría, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

Que en tal contexto, resulta necesario crear en la órbita de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, un programa que impulse acciones de cooperación, articulación e intercambio con otros/as actores/as relevantes de los sectores público, privado y sociedad civil a fin de permitir la generación de nuevas referencias de los sectores de las disciplinas académicas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM) con capacidades para desarrollarse profesionalmente y con responsabilidad social para contribuir a la construcción y desarrollo de una sociedad más justa, equitativa y solidaria y reducir, de este modo, la brecha digital existente sobre esta materia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DE INNOVACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el Decreto N° 50/2019.

Por ello,

LA SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el “CENTRO G+T - CENTRO DE GÉNEROS EN TECNOLOGÍA” en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, cuyo objetivo, acciones y demás características se detallan en el Anexo I (IF-2021-34944923-APN-SIP#JGM) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°- El “CENTRO G+T - CENTRO DE GÉNEROS EN TECNOLOGÍA”, tendrá las siguientes atribuciones, que serán instrumentadas a través del “PROGRAMA DE GÉNERO Y TECNOLOGÍA DE ARSAT”:

a) Dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para su implementación.

b) Disponibilizar una herramienta para ejecutar y comunicar las acciones tendientes a cumplir con los objetivos establecidos en el Anexo I de la presente Resolución.

c) Coordinar las actividades, con las entidades y jurisdicciones del Sector Público Nacional, los entes interjurisdiccionales, las provincias, los municipios, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, las organizaciones civiles y el sector privado que adhieran al “CENTRO G+T - CENTRO DE GÉNEROS EN TECNOLOGÍA”, suscribiendo los convenios y realizando las acciones que resulten necesarias.

ARTÍCULO 3º.- Invítase a las entidades y jurisdicciones definidas en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, los organismos interjurisdiccionales, las provincias, los municipios, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, las organizaciones civiles y el sector privado a adherir a la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Micaela Sánchez Malcolm

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/04/2021 N° 26222/21 v. 23/04/2021

Fecha de publicación 23/04/2021