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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 2/2021

DI-2021-2-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2021

VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-57836592-APN-SSGA#MS; Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), modificatorias y complementarias; Contrato de Préstamo BIRF N° 8853-AR “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina”; Decreto Nº 945 del 17 de noviembre de 2017; Decreto N° 1130 de fecha 12 de diciembre de 2018; Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019; Decreto Nº 174 del 17 de marzo de 2021; Decisión Administrativa Nº 457 del 4 de abril del 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Electrónico EX-2020-57836592-APN-SSGA#MS, tramita la Selección Directa de servicio de consultoría “Contratación de Capacitaciones en HL7”, al amparo de lo establecido en el “Apoyo del Proyecto de Cobertura de Salud Efectiva en Argentina” (Programa SUMAR) en el marco del Contrato de Préstamo BIRF N° 8853-AR.

Que por Decreto Nº 1130/2018, fue aprobado el modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº 8853-AR destinado a la ejecución del programa “Apoyo del Proyecto de Cobertura de Salud Efectiva en Argentina”.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) sus modificatorias y complementarias, adecua la Organización Ministerial del Poder Ejecutivo Nacional estableciendo al MINISTERIO DE SALUD como Órgano con Competencia en todo lo inherente a la salud de la población.

Que mediante el Decreto N° 50/2019, se aprueba la conformación organizativa de aplicación de la Administración Nacional Centralizada, hasta nivel de Subsecretaría creándose entre otras la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD, la cual absorbió las competencias de la entonces SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD, a través de la actual DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES, relacionadas con los objetivos de los Programas a ser financiados mediante el Contrato del Préstamo BIRF 8853-AR; y la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, la cual tiene entre sus funciones principales la de “entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo”.

Que por Decisión Administrativa Nº 457/2020, se aprueba la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones, estableciendo las funciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, entre las que se encuentran la de “Coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera-presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de participación público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional”.

Que por Nota NO-2020-57621857-APN-SES#MS suscripta por la SECRETARIA DE EQUIDAD EN SALUD se requiere el proceso de contratación por el “Servicio de consultoría de capacitaciones en HL7”, obrando los Términos de Referencia del mismo en orden 08.

Que con fecha 30 de octubre de 2020 se elaboró el Pliego de Solicitud de Propuestas (IF-2020-73944047-APN-DGPFE#MS) en el marco del presente proceso de “Contratación de Capacitaciones en HL7”; el cual es remitido a la firma ASOCIACION HL7 ARGENTINA acompañándose comprobante de envío en orden 18.

Que resulta necesario realizar una Enmienda N°1 al pliego de Solicitud de Propuestas estableciéndose una prórroga a la presentación de ofertas para el día 17 de noviembre de 2020 a las 12:00 hs. (orden 19), el cual fue oportunamente enviado a la firma tal como luce en el comprobante de envío agregado en orden 20.

Que con fecha 17 de noviembre de 2020 se elaboró el Acta de Apertura de ofertas (IF-2020-88115189-APN-DGPFE#MS), dejando constancia de recepción de la Propuesta Técnica y Financiera de la firma ASOCIACION HL7 HEALTH LEVEL - SALUD NIVEL 7 - ARGENTINA (CUIT 30-70797268-4) por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS con 00/100 (USD 16.686,00.-).

Que en orden 22, obra la Propuesta Técnica y Financiera de la firma ASOCIACION HL7 HEALTH LEVEL - SALUD NIVEL 7 - ARGENTINA (CUIT 30-70797268-4); la cual fue remitida al área requirente para que lleve a cabo la correspondiente evaluación.

Que habiéndose recibido consultas por parte del Área Requirente, se cursa Solicitud de Información Adicional a la firma (IF-2020-81341508-APN-DGPFE#MS), obrando los respectivos comprobantes de envío en orden 25 y 27.

Que a fecha 2 de diciembre de 2020 se acompaña la respuesta por parte de la firma (orden 28); procediéndose a realizar la Evaluación Técnica (IF-2020-85829392-APN-DNGEISS#MS) de fecha 10 de diciembre de 2020, suscripta por el Director Nacional de Gobernanza e Integración de los Sistemas de Salud, en la que establece que la firma Asociación HL7 Argentina, cumple con todas las especificaciones técnicas.

Que, en orden 34 obra Informe de Evaluación Técnica (IF-2021-03057805-APN-DGPFE#MS) mediante el cual concluye que la propuesta presentada por la firma cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas exigidas en la Solicitud de Propuesta, no observándose debilidades en la misma; mientras que en el Informe de Evaluación Financiera (IF-2021-07212243-APN-DGPFE#MS) se observa”[…] un desvío de +USD 483,76 por encima del presupuesto oficial, lo cual equivale a +1,73%; dejando constancia que el desvío no es sustancial y se lo considera aceptable […]”.

Que en orden 37 luce agregado el Plan de Adquisiciones publicado en Systematic Tracking of Exchanges in Procurement (STEP) mediante al cual se autoriza la presente contratación identificada como AR-MSAL-205132-CS-CDS.

Que con fecha 13 de enero de 2021 se realizó el Acta de Cierre de Negociación de servicios de consultoría (IF-2021-04969579-APN-DGPFE#MS), incorporándose posteriormente el borrador de Contrato (IF-2021-04971189-APN-DGPFE#MS) en orden 39.

Que en orden 40 obra el Informe de Conformidad del Coordinador de Adquisiciones y Contrataciones, quien señala que el presente proceso de Selección Directa se ajusta a las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión Bienes, Obras y Servicio de No Consultoría y Servicio de Consultoría Julio 2016 (Revisada noviembre 2017 y agosto 2018).

Que, en orden 44 obra Informe suscripto por el Director Nacional de Gobernanza e Integración de los Sistemas de Salud y el Coordinador de Transferencias Financieras a Provincias (IF-2021-07863403-APN-DTFP#MS), mediante el cual se deja constancia que la presente contratación encuadra dentro de la exención de la intervención de la Dirección De Estandarización Tecnológica De La Oficina Nacional De Tecnologías De Información (ONTI), prevista en el numeral 4, apartado C “Servicios” de la Resolución N° 58/2020 de la Secretaría de Innovación Pública, por tratarse de un servicio de consultoría de personal especializado que brinde horas de capacitaciones no estructuradas a un proyecto tecnológico.

Que la presente Selección Directa (AR-MSAL-205132-CS-CDS) se ha llevado a cabo de conformidad a lo indicado en el literal 7.13 y 7.14 C de la “Sección VIII Métodos de Selección Aprobados: Servicio de Consultorías” de las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión Bienes, Obras y Servicio de No Consultoría y Servicio de Consultoría Julio 2016 (Revisada noviembre 2017 y agosto 2018), Contrato de Préstamo BIRF Nº 8853-AR.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945/2017, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Préstamo BIRF N° 8853-AR, Decreto Nº 945/2017, Decreto N° 50/2019 y Decreto N° 174/2021.

Por ello:

EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL APOYO DEL PROYECTO DE COBERTURA DE SALUD EFECTIVA EN ARGENTINA – PROGRAMA SUMAR

DISPONE:

ARTICULO 1°.- Autorizase el Proceso de Selección Directa (AR-MSAL 205132-CS-CDS) por el servicio de consultoría denominado “Contratación de Capacitaciones en HL7”, el cual se llevó a cabo conforme lo establecido en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión Bienes, Obras y Servicio de No Consultoría y Servicio de Consultoría Julio 2016 (Revisada noviembre 2017 y agosto 2018), en el marco del Contrato de Préstamo BIRF 8853-AR.

ARTICULO 2°.- Adjudíquese la Selección Directa (AR-MSAL-205132-CS-CDS) a favor de la firma ASOCIACION HL7 HEALTH LEVEL - SALUD NIVEL 7 - ARGENTINA (CUIT 30-70797268-4), por un monto DE DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 00/100 (USD 16.686,00).

ARTICULO 3º.- Convalídense el Acta Cierre de Negociación (IF-2021-04969579-APN-DGPFE#MS) y Borrador de Contrato (IF-2021- 04971189 -APN-DGPFE#MS) que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/04/2021 N° 25860/21 v. 23/04/2021

Fecha de publicación 23/04/2021