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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 3/2021

DI-2021-3-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2021

VISTO el Expediente Electrónico EX-2019-108066015-APN-DD#MSYDS, Contrato de Préstamo BIRF Nº 8508-AR “Proyecto de Protección de las Personas Vulnerables Contra las Enfermedades Crónicas No Transmisibles” Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), Decreto Nº 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, Decreto N° 174 de fecha 17 de marzo de 2021, Decreto N° 223 de fecha 28 de marzo de 2021, Decisión Administrativa Nº 457 de fecha 4 de abril del 2020, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el Visto tramita la contratación bajo el método Selección Basada en Calidad y Costo AR-MSAL-124341-CS-QCBS por el servicio de “Auditoría Externa Operativa- (Auditoría de Cumplimiento)”, al amparo de lo establecido en el “Proyecto de Protección de Personas Vulnerables contra Enfermedades Crónicas No Transmisibles” – Contrato de Préstamo BIRF N° 8508-AR.

Que por Decreto Nº 2057/2015 fue aprobado el modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº 8508-AR destinado a la ejecución del “Proyecto de Protección de Personas Vulnerables contra Enfermedades No Transmisibles”.

Que a través del artículo 4 del citado Decreto, se designó al entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN o cualquier sucesor de este, como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Protección de Personas Vulnerables contra Enfermedades No Transmisibles” BIRF 8508-AR, quedando facultado a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Proyecto.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), adecua la organización ministerial del Poder Ejecutivo Nacional estableciendo al MINISTERIO DE SALUD como órgano con competencia en todo lo inherente a la salud de la población.

Que mediante el Decreto N° 50/2019, se aprueba la conformación organizativa de aplicación de la Administración Nacional Centralizada, hasta nivel de Subsecretaría.

Que con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa a través del Decreto Nº 223/2021, estableciéndose los objetivos de la actual SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Que por la Decisión Administrativa Nº 457/2020, se aprueba la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, estableciendo la responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera- presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de participación público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional.

Que mediante IF-2019-108137807-APN-DACPJ#MSYDS se eleva por la entonces SUBSECRETARÍA DE COBERTURAS PÚBLICAS SANITARIAS y la DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN DE COBERTURAS PÚBLICAS JURISDICCIONALES, actual DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES requerimiento del inicio del proceso de selección y contratación de una firma consultora para la realización de una auditoría de cumplimiento en las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones del país, para brindar una opinión profesional sobre la veracidad de las declaraciones juradas prestadas por las jurisdicciones, en el marco del PROYECTO DE PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN VULNERABLE CONTRA LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES CONTRATO DE PRÉSTAMO BIRF N° 8508-AR.

Que, por tratarse de un método de una Contracción de Revisión Ex-Ante, conforme surge de la verificación previa agregada en orden 14, se remite al Banco el pedido de No Objeción en el marco de la presente contratación.

Que el Banco realiza observaciones a los Términos de Referencia (IF-2020-03501341-APN-DAFYP-MS#MSYDS).

Que habiéndose realizado los cambios sugeridos por el Banco se reitera pedido de No Objeción a los Nuevos Términos de Referencia y documentos relativos al cuerpo principal del Contrato (IF-2020-07075434-APN-SSAF#MS), recibiéndose la misma por parte del Banco manifestando que “no tiene objeción a los términos de referencia enviados, para el Servicio de “Auditoría de IVT 2019-2020”, perteneciente al proceso AR-MSAL-124341-CS-QCB” (orden 29).

Que, en ese sentido, la entonces DIRECCION GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, actual DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO requiere la No Objeción al BANCO de la Solicitud de Expresión de Interés, obrando respuesta por parte del Banco de fecha 14 de mayo 2020 (orden 30).

Que consta la publicación de la Solicitud de Expresiones de Interés en los portales web del MINISTERIO DE SALUD (Orden 31) y Development Bussines del Banco (orden 32), obrando comprobante de envío por correo electrónico a las firmas preseleccionadas en orden 33, estableciéndose como fecha de presentación el 27 de mayo de 2020 hasta las 12:00 hs.

Que habiéndose recibido las Expresiones de Interés por parte de posibles oferentes (orden 34 a 40) se procede a realizar la calificación de acuerdo a los antecedentes presentados confeccionándose el Formulario de la Lista Corta (orden 41).

Que a fecha 02 de noviembre de 2020 se realiza Solicitud de Propuestas por Servicios de Consultoría para la contratación del Servicio de “Auditoría Externa Operativa- (Auditoría de Cumplimiento)” (IF-2021-04023905-APN-DGPFE#MS), la cual es remitida por correo electrónico a las firmas que conforman la lista corta (orden 43).

Que a fecha 02 de diciembre 2020 se lleva a cabo el Acta de Apertura de ofertas (orden 44), agregándose las propuestas técnicas recibidas por las firmas BDO - Becher y Asociados S.R.L.; Crowe Horwarth - Canepa, Kopec y Asociados S.R.L.; Consorcio Eductrade S.A. – Sigil Consulting S.A.; Pistrelli, Henry Martin y Asoc. S.R.L.; Grant Thornton– Adler, Hasenclever & Asociados S.R.L.; y PKF Audisur S.R.L., en los órdenes del 45 al 51.

Que habiendo concluido el cierre de apertura se procede a remitir las ofertas para evaluación técnica al área requirente; recibiéndose el Informe de Evaluación de Consultores (IF-2021-03005659-APN-DGPFE#MS).

Que en cumplimiento a lo establecido en la cláusula 23.2 de la Sección Segunda- Instrucciones para los Consultores - del Pedido de Propuestas, se los invita a participar del acto de apertura de la Propuesta Financiera, estableciéndose como fecha de apertura el 14 de enero del 2020 a las 15:00 hs. (IF-2021-04034723-APN-DGPFE#MS).

Que en orden 56 luce vinculada el acta de Apertura de Ofertas financieras (IF-2021-03748225-APN-DGPFE#MS) de fecha 14 de enero de 2021, agregándose las respectivas ofertas de las firmas BDO – Becher & Asociados S.R.L.; Crowe Horwarth – Canepa, Kopec y Asociados S.R.L.: Consorcio Eductrade S.A. – Audired S.R.L.; Grant Thornton – Adler, Hasenclever & Asociados S.R.L.; Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.; y P.K.F – Audisur S.R.L., en los órdenes 58 al 63 respectivamente.

Que en orden 64, obra el Informe de Evaluación Combinada Calidad – Costo (IF-2021-06199186-APN-DNFSP#MS), de fecha 20 de enero de 2021, mediante la cual se recomienda la adjudicación de la presente consultoría a la firma Grant Thornton Argentina - Adler, Hasenclever & Asociados S.R.L. (CUIT 30-70785747-8) por un monto de Pesos Argentinos Catorce Millones Ciento Doce Mil Ciento Catorce con 88/100 ($14.112.114,88.-) incluidos los impuestos indirectos nacionales.

Que en ese sentido se remite Invitación a Negociar conforme comprobante agregado en orden 65.

Que a fecha 25 de enero 2021 se lleva a cabo el Acta de Negociación de Contrato (orden 66),

Que en orden 67 se acompaña Borrador de Contrato que rige la presente contratación (IF-2021-09584333-APN-DGPFE#MS).

Que obra la conformidad del Coordinador de Adquisiciones y Contrataciones, quien señala que el presente Proceso de Contratación Directa se ajusta a lo previsto las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión. Adquisiciones en Operaciones de Financiamiento para Proyectos de Inversión. Bienes, obras, servicios no – consultoría y servicios de consultoría” julio de 2016 (revisada en noviembre 2017 y agosto 2018)”.

Que a estos efectos deviene necesario aprobar la Selección Basada en Calidad y Costo AR-MSAL-124341-CSQCBS “Auditoría Externa Operativa (Auditoría de Cumplimiento)” en el marco del Contrato de Préstamo BIRF N° 8508 -AR.

Que el respectivo Proceso de Selección Basada en Calidad y Costo AR-MSAL-124341-CS-QCBS “Auditoria Externa Operativa (Auditoría de Cumplimiento)”, se lleva a cabo de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1 y 7.3 de las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión. Adquisiciones en Operaciones de Financiamiento para Proyectos de Inversión. Bienes, obras, servicios no – consultoría y servicios de consultoría” julio de 2016 (revisada en noviembre 2017 y agosto 2018).

Que la entonces SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA, toma intervención de conformidad a lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945/2017.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud del Contrato de Préstamo BIRF 8508-AR, Decreto N° 945/2017, Decreto N° 50/2019, Decreto N° 174/2021, Decreto N° 223/2021, Decisión Administrativa N° 457/2020.

Por ello:

EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN CARACTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL CONTRATO BIRF 8508-AR “PROYECTO DE PROTECCIÓN DE PERSONAS VULNERABLES CONTRA ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES”

DISPONE:

ARTICULO 1°.- Adjudicase el Proceso de Selección Basada en Calidad y Costo AR-MSAL-124341-CS-QCBS “Auditoría Externa Operativa (Auditoría de Cumplimiento)” a favor de la firma Grant Thornton Argentina - Adler, Hasenclever & Asociados S.R.L. (CUIT 30-70785747-8) por un monto total de PESOS ARGENTINOS CATORCE MILLONES CIENTO DOCE MIL CIENTO CATORCE con 88/100 ($ 14.112.114,88.-), el cual se llevó a cabo conforme lo establecido en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión Bienes, Obras y Servicio de No Consultoría y Servicio de Consultoría Julio 2016 (Revisada noviembre 2017 y agosto 2018) – Contrato de Préstamo BIRF 8508-AR.

ARTICULO 2º.- Convalídese el Acta de Negociación (IF-2021-07832805-APN-DGPFE#MS) que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3º.- Apruébese el Borrador de Contrato (IF-2021-09584333-APN-DGPFE#MS) que como Anexo II forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/04/2021 N° 25859/21 v. 23/04/2021

Fecha de publicación 23/04/2021