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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 7/2021

DI-2021-7-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 19/04/2021

VISTO el Expediente Electrónico EX-2021-70989416- -APN-SSGA#MSS, Contrato de Préstamo BIVISTO el Expediente Electrónico EX-2021-70989416- -APN-SSGA#MSS, Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, Decreto Nº 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, Decreto Nº 640 de fecha 31 de julio 2020, Decisión Administrativa Nº 457 de fecha 4 de abril del 2020, Decreto N° 223 de fecha 28 de marzo de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la Selección Directa (MSAL-52-CD-CF) cuyo objeto es la adquisición del Servicio de Consultoría para el “Desarrollo de una herramienta de identificación, visualización y análisis del estado de Malnutrición de la población con cobertura pública exclusiva en Argentina” en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” – Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR.

Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).

Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO que será responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera”.

Que mediante el Decreto Nº 50/2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional estableciéndose los objetivos hasta el nivel de Subsecretarías creándose, entre otros, la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD la cual tiene entre sus objetivos entender en el proceso de regulación del sistema de salud, facilitando la articulación y armonización interjurisdiccional entre los niveles de gobierno y entre los subsistemas de salud público, privado, de obras sociales y otros financiadores, como así también entender en el diseño de políticas estratégicas de carácter federal y territorial para el aumento de la equidad en salud y definir el modelo de financiamiento y gestión de la salud, contribuyendo a la articulación e integración de subsistemas de salud, programas sanitarios y redes de atención; la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD fijándose, entre otros, los objetivos de entender en el diseño de políticas para favorecer y ampliar el acceso a salud y definir el modelo de atención, contribuyendo a la articulación e integración de programas sanitarios, asistir al/ a la Ministro/a en todo lo inherente a la salud de la población y a la promoción de conductas saludables de la comunidad.

Que por la Decisión Administrativa Nº 457/2020, se aprueba la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, estableciendo la responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera- presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de participación público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional.

Que con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa a través del Decreto Nº 223/2021, estableciéndose los objetivos de la actual SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Que mediante NO-2020-67951823-APN-SES#MS elevada por la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD se requiere arbitrar los medios necesarios para iniciar la contratación por la adquisición del Servicio de Consultoría para el “Desarrollo de una herramienta de identificación, visualización y análisis del estado de Malnutrición de la población con cobertura pública exclusiva en Argentina”, conforme Solicitud de la Dirección Nacional de Gobernanza e Integración de los Sistemas de Salud (NO-2020-66058637-APN-DNGEISS#MS e IF-2020- 66056814-APN-DNGEISS#MS), acompañándose como archivo embebido el Informe de la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información (IF-2020-65643423-APN-ONTI#JGM), a través del cual se expresa que “[…] teniendo en cuenta que la presente contratación representa sólo un servicio de consultoría para la producción de informes que potencialmente podrían derivar en el futuro, en adquisiciones o contratación de servicios de tecnologías de la información, se señala que emitir opinión técnica sobre la misma excedería las competencias asignadas a esta Dirección […]”.

Que, la entonces SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA mediante PV-2020-71001261-APN-SSGA#MS presta conformidad de la presente contratación remitiendo actuaciones a la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, con cargo al Préstamo BID-5032/OC-AR.

Que se ha elaborado el Documento de Solicitud de Propuesta (IF-2020-80118631-APN-DGPFE#MS) que regirá la presente Selección Directa, estableciéndose como fecha de apertura el día 02 de diciembre de 2020 a las 12:00 horas.

Que, en ese sentido se realiza la Enmienda N° 1 y N° 2, mediante las cuales se establece una prórroga a la fecha para la presentación de las ofertas, fijándose en ésta última la apertura para el 30 de diciembre 2020 a las 12:00 hs., obrando comprobante de envío respectivo en orden 12 y orden 16 respectivamente.

Que en orden 17 luce agregada el Acta de Apertura (IF-2021-07566847-APN-DGPFE#MS) mediante el cual se deja constancia de la recepción de la oferta presentada por la FUNDACION DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES – FUNDACEN – (CUIT 30-65328154-0), indicándose el precio de la propuesta recibida.

Que en orden 18 luce agregada la Propuesta Técnica y Financiera de la FUNDACION DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES – FUNDACEN – (CUIT 30-65328154-0) por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MIL OCHENTA con 00/100 (USD 40.080,00.-), sin impuestos locales.

Que, habiendo concluido el cierre de apertura se procede a remitir las ofertas para evaluación técnica a DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES recibiéndose dichas Evaluaciones Técnicas (IF-2021-04667676-APN-DMYECS#MS) a través de NO-2021-04698669-APN-DNFSP#MS.

Que a fecha 27 de enero 2021, se efectúa el respectivo Informe de Evaluación (orden 20), mediante el cual recomienda la adjudicación a la “FUNDACION DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES – FUNDACEN – (CUIT 30-65328154-0), para la provisión del servicio de consultoría a través del cual se llevará adelante el desarrollo de una herramienta de identificación, visualización y análisis del estado de malnutrición de la población con cobertura pública exclusiva en la República Argentina por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MIL OCHENTA (U$D 40.080,00.-). Esta cifra no incluye los impuestos locales” por el plazo de 6 meses desde la suscripción del contrato (IF-2021-07622771-APN-DGPFE#MS).

Que en ese sentido se remite Invitación a Negociar (orden 21), a la FUNDACION DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES – FUNDACEN – (CUIT 30-65328154-0).

Que a fecha 02 de febrero de 2021, luego de concluidas las negociaciones, se lleva a cabo el Acta de Negociación (IF-2021-15220907-APN-DGPFE#MS) y el Borrador de Contrato (IF-2021-15221969-APN-DGPFE#MS).

Que a orden 24 obra la conformidad del Coordinador de Adquisiciones y Contrataciones, quien señala que el presente Proceso de Selección Directa se ajusta a lo previsto las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (mayo 2019)”.

Que asimismo, luce acompañado el Informe de Justificación (IF-2021-17080776-APN-DGPFE#MS) elaborado por el área de Adquisiciones y Contrataciones de DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, a los fines de elevar el pedido de No Objeción al Banco.

Que en orden 27 se vincula respuesta favorable por parte de la entidad, cito textual “[…]no tiene objeción a la contratación directa de la Fundación de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires y de los investigadores del Grupo de Bioestadística Aplicada (GBA) del Departamento de Ecología, Genética y Evolución (DEGE) de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires, por un monto de US$40.080 (dólares estadounidenses cuarenta mil ochenta), impuestos incluidos, para el desarrollo de una herramienta de identificación, visualización y análisis del estado de malnutrición de la población con cobertura pública exclusiva en la República Argentina […]” (IF-2021-18743733-APN-DGPFE#MS).

Que a estos efectos deviene necesario aprobar la Selección Directa MSAL-52-CD-CF “Desarrollo de una herramienta de identificación, visualización y análisis del estado de Malnutrición de la población con cobertura pública exclusiva en Argentina” en el marco del Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR.

Que el respectivo Proceso de Selección Directa MSAL-52-CD-CF “Desarrollo de una herramienta de identificación, visualización y análisis del estado de Malnutrición de la población con cobertura pública exclusiva en Argentina”, se lleva de acuerdo a lo establecido en los procedimientos previstos en la Sección III “Otros Métodos de Adquisición” literales 3.10, 3.11 (c y d) de las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (mayo 2019)” y conforme a lo establecido en el Contrato de Préstamo indicado en los considerandos precedentes.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945/2017, la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA tomó la intervención de su competencia

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud del Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR, Decreto N° 945/2017, Decreto N° 50/2019, Decreto N° 174/2021, Decreto Nº 223/2021, Decisión Administrativa 457/2020.

Por ello:

EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO BID Nº 5032/OC-AR

DISPONE:

ARTICULO 1°.- Apruébase Proceso de Selección Directa MSAL-52-CD-CF “Desarrollo de una herramienta de identificación, visualización y análisis del estado de Malnutrición de la población con cobertura pública exclusiva en Argentina”, en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” – Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (mayo 2019)”.

ARTICULO 2º.- Adjudícase el Proceso de Selección Directa MSAL-52-CD-CF “Desarrollo de una herramienta de identificación, visualización y análisis del estado de Malnutrición de la población con cobertura pública exclusiva en Argentina” a favor de la FUNDACION DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES – FUNDACEN – (CUIT 30-65328154-0) por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MIL OCHENTA (U$D 40.080,00.-) por el plazo de SEIS (6) meses.

ARTICULO 3º.- Convalídese el Acta de Negociación (IF-2021-15220907-APN-DGPFE#MS) y el Borrador de Contrato (IF-2021-15221969-APN-DGPFE#MS) que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/04/2021 N° 25858/21 v. 23/04/2021

Fecha de publicación 23/04/2021