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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DUELO NACIONAL

Decreto 268/2021

DCTO-2021-268-APN-PTE - Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.

Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2021

VISTO que en el día ayer 23 de abril de 2021 se ha producido el fallecimiento del señor Ministro de Transporte de la Nación, Mario Andrés MEONI, y

CONSIDERANDO

Que Mario Andrés MEONI nació en la localidad de Ascensión, Partido de General Arenales, el 22 de enero de 1965.

Que fue un hombre que abrazó la vida política para trabajar al servicio de su país.

Que desde el año 1991 hasta 1995 se desempeñó como concejal por la UNION CIVICA RADICAL (UCR) en el Partido de Junín de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y entre los años 1999 a 2003 fue diputado provincial de la citada Provincia en representación del mismo partido.

Que fue electo Intendente de Junín en el año 2003, cargo en el que fue reelecto en los años 2007 y 2011.

Que, en el año 2007, se incorporó a la “Concertación Plural” convocada por el ex presidente de la Nación, Néstor Kirchner.

Que fue un dirigente político profundamente democrático, que toda su vida la dedicó a trabajar en beneficio de la sociedad, con compromiso y dedicación.

Que el día 10 de diciembre de 2019 fue convocado para desempeñarse como Ministro de Transporte de la Nación, cargo que honró con su trabajo hasta su fallecimiento, ocurrido en el día de ayer.

Que nuestro país ha perdido a un político cabal, incansable y honesto que siempre desempeño sus funciones de modo ejemplar y que ha tenido un rol fundamental en la lucha para contener y mitigar la pandemia de Covid-19.

Que resulta un deber del GOBIERNO NACIONAL honrar su memoria con motivo de su lamentable fallecimiento.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA por el término de TRES (3) días a partir del día de la fecha, con motivo del fallecimiento del señor Mario Andrés MEONI.

ARTÍCULO 2º.- El PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA expresará a la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 3º.- Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Eduardo Enrique de Pedro

e. 24/04/2021 N° 26748/21 v. 24/04/2021

Fecha de publicación 24/04/2021