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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Resolución 133/2021

RESOL-2021-133-APN-MOP

Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2021

VISTO el EX-2021-11934819-APN-DGD#MOP del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, las Resoluciones Nros.12 de fecha 9 de marzo de 2020, 19 de fecha 31 de marzo de 2020, 27 de fecha 19 de abril de 2020 y 96 de fecha 20 de septiembre de 2020 todas del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que, entre las facultades del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, conforme el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, se encuentra la de entender en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional relacionada con obras de infraestructura habitacionales, viales, públicas e hídricas.

Que, mediante la Resolución N° 12 de fecha 9 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se creó el PLAN “ARGENTINA HACE” en el ámbito de este organismo, a fin de promover la reactivación de las economías locales, del sector de la construcción, la generación de mano de obra intensiva y la consolidación local y regional.

Que el mencionado Plan, propició garantizar derechos, mejorando el nivel de empleo, la distribución de los ingresos y el acceso a servicios urbanos e infraestructura social básica y propuso una acción inmediata con obras de corto plazo de ejecución, generando un fuerte impacto en las economías locales, pudiendo ser efectuado a través de diversas entidades de la comunidad que se encuentren legalmente constituidas, tales como Cooperativas, Organizaciones Sociales, trabajadores de la economía popular y/o MiPyMEs radicadas prioritariamente en cada zona de intervención.

Que a través de la Resolución N° 27 de fecha 19 de abril de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, en atención a la gran repercusión que el PLAN “ARGENTINA HACE” produjo durante el corto plazo transcurrido desde su creación, se amplió la visión originariamente dada al mismo y se creó el PLAN “ARGENTINA HACE – II”, a los fines de dar respuesta a las nuevas demandas recibidas, que se enmarcan en la competencia asignada a esta Cartera de Estado.

Que, asimismo, resultó necesario renombrar el PLAN “ARGENTINA HACE” y denominarlo PLAN “ARGENTINA HACE – I”.

Que, en consecuencia, se dotó al PLAN “ARGENTINA HACE - II” de una mayor amplitud para que todas aquellas Provincias, los Municipios y/u otros Entes que concierten con esta Cartera de Estado la asistencia financiera para proyectos, conforme los programas definidos en el mismo como así también sobre los que en el futuro pudieren incorporarse, puedan llevar adelante su ejecución con ajuste a cualesquiera de las modalidades de contratación que la normativa local autorice.

Que tanto el PLAN “ARGENTINA HACE I” como el “ARGENTINA HACE II” tienen por objeto principal contribuir al financiamiento de proyectos que importen la formulación, elaboración, reactivación, continuación y ejecución de obras públicas de carácter local para aquellas provincias o municipios que así lo requieran, como así también la asistencia efectuada a diversos entes con injerencia en la región donde la ejecución del proyecto resulte de interés.

Que el artículo 2° de la Resolución MOP N° 12/20 correspondiente al PLAN “ARGENTINA HACE I”, y el artículo 7° de la Resolución MOP N° 27/20 referida al PLAN “ARGENTINA HACE II”, aprobaron, entre otros aspectos de la reglamentación, el denominado “INSTRUCTIVO ANEXO AL REGLAMENTO PLAN ARGENTINA HACE”.

Que dichos instructivos, pese a guardar una significativa similitud en cuanto a requisitos, información y documentación solicitada, presentaban diferencias operativas y teniendo en cuenta la diversidad de situaciones a contemplar, a partir del alcance de los proyectos contemplados por el PLAN “ARGENTINA HACE I” y “ARGENTINA HACE II”, se optó por buscar una herramienta para dinamizar operativamente la ejecución de los programas.

Que, en este sentido, a los fines de simplificar y lograr una mayor eficiencia en los procedimientos administrativos involucrados, mediante la Resolución N° 96 de fecha 20 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, se unificaron los esquemas relativos a la METODOLOGÍA DE PRESENTACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO y MODALIDAD DE PAGO, TRANSFERENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS.

Que a fin de darle transparencia al proceso y para que todas las Provincias, Municipios y/u Otros Entes que requieran la asistencia financiera, de esta Cartera Ministerial, para proyectos que importen la formulación, elaboración, reactivación, continuación y ejecución de obras públicas obtengan una respuesta con mayor celeridad, es fundamental unificar los criterios del PLAN “ARGENTINA HACE I” y “ARGENTINA HACE II”, con sus correspondientes modificaciones, en un mismo PLAN, redefiniendo los objetivos que el mismo tendrá a su cargo para el cumplimiento de las metas determinadas por este organismo.

Que desde el inicio de esta gestión, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se ha planteado como uno de sus objetivos centrales el apoyo a los programas de infraestructura de los gobiernos provinciales y municipales, recurriendo a criterios técnicos, y a pautas objetivas y equitativas para la toma de decisiones sobre la inversión en obra pública, superando las inequidades registradas en los últimos años, de manera que la distribución geográfica de la inversión responda a parámetros como la población, las necesidades básicas insatisfechas y las brechas de infraestructura, que incidirán directamente en la priorización de los beneficiarios como así también en los montos a otorgar a los mismos.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Unifícase el “PLAN ARGENTINA HACE I” y el “PLAN ARGENTINA HACE II” en el “PLAN ARGENTINA HACE”.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Reglamento Particular del “PLAN ARGENTINA HACE” con su Instructivo, detallado como Anexo I (IF-2021-33722314-APN-DGD#MOP), que forma parte integrante de la presente medida. El Reglamento Particular del “PLAN ARGENTINA HACE” con su Instructivo deberá incorporarse como ANEXO a las Notas de Adhesión y/o los Convenios Marco que se suscriban con las Provincias, los Municipios u otros Entes.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a los Señores SECRETARIOS DE OBRAS PÚBLICAS y DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA a fijar los montos máximos financiables para cada proyecto que se ejecutará en el marco del “PLAN ARGENTINA HACE”, como así también a suscribir los Convenios de Adhesión, Convenios Específicos, Actas Complementarias, Adendas y todo otro acto administrativo necesario, en el marco de sus respectivas competencias.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase como Autoridades de Aplicación del “PLAN ARGENTINA HACE” a la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA y a la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN TERRITORIAL DE LA OBRA PÚBLICA dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, en el marco de sus respectivas competencias, de conformidad con la tipología del proyecto a evaluar, quiénes tendrán a su cargo la formulación de las normas aclaratorias y complementarias.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias que se asignen en cada Convenio de Adhesión o Convenio Específico.

ARTÍCULO 6°.- Apruébanse los modelos de Convenio Marco, Convenio Específico, Nota de Adhesión y Convenio de Adhesión, a suscribirse -según corresponda- entre el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y las PROVINCIAS, los MUNICIPIOS y/u OTROS ENTES, que adhieran al PLAN en cuestión que, como Anexo II (IF-2021-33755876-APN-DGD#MOP), Anexo III (IF-2021-33754336-APN-DGD#MOP), Anexo IV (IF-2021- 33752834-APN-DGD#MOP) y Anexo V (IF-2021-33751114-APN-DGD#MOP) respectivamente, forman parte integrante de la presente medida. Cuando las características técnicas, las modalidades de ejecución, u otros motivos vinculados al proyecto a financiar, así lo justifiquen, las Autoridades de Aplicación podrán introducir las modificaciones que pudieran resultar necesarias sobre los modelos aprobados.

ARTÍCULO 7°.- La presente Resolución comenzará a regir desde el día siguiente al de su publicación.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gabriel Nicolás Katopodis

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/04/2021 N° 26237/21 v. 26/04/2021

Fecha de publicación 26/04/2021