Edición del
23 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 117/2021

RESOL-2021-117-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2021

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N° 69518886/20 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que, asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que la empresa COMBUSTIBLES NUCLEARES ARGENTINOS S.A. (CONUAR S.A.), solicitó la Renovación de la Licencia de Operación de la instalación Clase I denominada FÁBRICA DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES NUCLEARES (FECN), ubicada en el Centro Atómico Ezeiza, mediante nota de fecha 13 de octubre 2020 (IF-2020-69532760-APN-GSRFYS#ARN).

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA, recomiendan dar curso favorable a la tercera Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación FECN solicitada por CONUAR S.A., por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS YRECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 21 de abril de 2021 (Acta N° 16),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación Clase I denominada FÁBRICA DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES NUCLEARES (FECN) solicitada por CONUAR S.A., cuya versión se adjunta como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese y entréguese original de la Licencia de Operación de la Instalación FÁBRICA DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES NUCLEARES (FECN) a CONUAR S.A., en su carácter de Entidad Responsable de la citada Instalación. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 27/04/2021 N° 26527/21 v. 27/04/2021

Fecha de publicación 27/04/2021