Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 39/2021

RESOL-2021-39-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 25/01/2021

VISTO el EX-2020-75227572- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 14/15 del IF-2020-75243433-APN-DNRYRT#MT del EX-2020-75227572- -APN-DGD#MT, obra el acuerdo celebrado entre la Seccional Quilmes de la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, ratificado por la entidad gremial central en el RE-2020-84307559-APN-DGD#MT del EX-2020-84307607-APN-DGD#MT que tramita conjuntamente con el principal, conforme a lo establecido en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente acuerdo se establece el otorgamiento de una gratificación extraordinaria de carácter no remunerativo, para los empleados de la planta Sidercolor - Florencio Varela, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que en relación con el carácter atribuido a la gratificación pactada en el acuerdo, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DCTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante en las páginas 14/15 del IF-2020-75243433-APN-DNRYRT#MT del EX-2020-75227572- -APN-DGD#MT, celebrado entre la Seccional Quilmes de la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, ratificado por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – Entidad Central en el RE-2020-84307559-APN-DGD#MT del EX-2020-84307607-APN-DGD#MT que tramita conjuntamente con el principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante en las páginas 14/15 del IF-2020-75243433-APN-DNRYRT#MT del EX-2020-75227572- -APN-DGD#MT, conjuntamente con el acta de ratificación obrante en el RE-2020-84307559-APN-DGD#MT del EX-2020-84307607-APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el principal.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/04/2021 N° 26723/21 v. 27/04/2021

Fecha de publicación 27/04/2021