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19 de Abril de 2024

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Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA NEUQUÉN

Se hace saber a los abajo mencionados que se ha ordenado notificarles la Resolución RESOL-2021-121-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI por la cual se instruyó sumario contencioso por la presunta comisión de la infracción prevista y penada en el art. 962 del Código Aduanero, ordenándose en ese mismo acto el archivo provisorio de la actuación abajo detallada en los términos de la Instrucción General Nro 09/17 (D.G.A.), haciéndoles saber a los imputados, que deberán dentro de los quince (15) días hábiles de notificados abonar los tributos que gravan la importación a consumo de la mercadería en infracción, caso contrario quedarán automáticamente constituidos en mora, procediéndose de conformidad a lo normado en los art. 1122, ss y concordantes del Código Aduanero. La notificación de la presente produce los efectos del art. 794 de texto legal antes citado sobre los intereses que pudieren corresponder.

Intimar a los abajo mencionados que una vez abonado el cargo tributario intimado, deberán en el plazo indicado en párrafo anterior, proceder al retiro de la mercadería abajo indicada, bajo apercibimiento de considerarla abandonada a favor del Estado.

Actuación SIGEACAUSANTEMONTO TRIBUTOSActa Lote
19533-3-2021MACHADO MULLER Guilherme, RG Nº 7053014465U$S 37,80 en concepto de D.I.- Estadística-IVA
$ 934,51 en concepto de IVA Adicional e Impuesto a las Ganancias
21075ALOT000004A
TRANSWEIDE TRASNPORTE DE CARGAS LTDA-ME, Permiso Internacional Nº 12449C12167

Elina Ibet Mora, Administradora de Aduana.

e. 29/04/2021 N° 27982/21 v. 29/04/2021

Fecha de publicación 29/04/2021