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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 525/2021

RESFC-2021-525-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2021

VISTO, el Expediente identificado como “EX-2021-26411256-APN-MGESYA#INAES”, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19331, 20.321, 20.337, Decreto Nro. 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que a tal fin, tiene como misión principal el concurrir a la promoción de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su desarrollo.

Que en función de lo reglado por el art. 107 de la Ley Nro. 20.337, este Instituto Nacional prestará especial apoyo técnico y financiero a los sectores menos desarrollados del movimiento cooperativo, considerando prioritariamente las limitaciones socioeconómicas de los asociados, las necesidades regionales a que respondan los proyectos cooperativos y la gravitación sectorial de estos.

Que el Poder Ejecutivo Nacional lleva adelante el PLAN NACIONAL ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE con el objetivo general de “garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias argentinas, con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social”.

Que la agricultura familiar, campesina e indígena ha sido declarada de interés mediante la Ley Nro. 27.118 por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva.

Que entre los objetivos de la mencionada ley se encuentran el de fortalecer la organización de los productores familiares y la defensa de sus derechos y posibilidades promocionando el asociativismo y la cooperación.

Que ante la emergencia epidemiológica provocada por el COVID-19, el Poder Ejecutivo Nacional definió como esencial la producción de alimentos para el abastecimiento del consumo interno.

Que por todo lo expuesto es necesario acompañar a los grupos pre-cooperativos a efectos que logren consolidarse como proveedores de los alimentos que se consumen en la mesa de las y los argentinos.

Que en el año 1994 se dictó la Resolución INAC N° 750/94 con normas relativas a las cooperativas de Provisión de Servicios para Productores Rurales y de Trabajo.

Que entre los objetivos de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA se encuentran los de diseñar planes, programas y proyectos para promover la capacidad productiva de la agricultura familiar fortaleciendo las condiciones para el desarrollo local y regional.

Que en la ejecución de las citadas políticas, la mencionada Secretaría asiste a grupos pre-cooperativos con el objeto que estos tengan oportunidades de crecer, innovar y de generar nuevos puestos de trabajo en el ámbito de su competencia.

Que al tiempo de resolver la constitución de una cooperativa por parte de esos grupos, deviene necesaria la participación de este Instituto en la asistencia técnica, como así también en todo el proceso del trámite registral para promoverlas y potenciarlas.

Que a tal efecto, y en atención a la coordinación existente entre la Secretaría y el Instituto, y con el objeto de lograr una mayor celeridad en los mencionados trámites, se advierte como conveniente el proponer modelos de acta constitutiva y de objetos sociales, a efectos de facilitar a esos grupos precooperativos el cumplimiento de las formalidades requeridas para obtener la inscripción de la persona jurídica.

Que en ese entendimiento, y a los fines de favorecer la plena integración de los actores sociales, se considera apropiado dejar sin efecto el pago de los aranceles establecidos por la Resolución Conjunta Nº 249/93, respecto de las cooperativas constituidas o que se constituyan dentro del régimen de la presente resolución.

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 inciso d) de la Ley N.° 19549, el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que es materia de su competencia.

Por ello, en atención a lo dispuesto por la Ley Nº 20.337 y los Decretos N° 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase para cooperativas promovidas en su constitución por la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA los modelos de acta constitutiva, de objetos sociales y la documentación a presentar para iniciar los pertinentes trámites de inscripción, que se adjuntan a la presente y se identifican como Anexo I (IF-2021-37122148-APN-PI#INAES, Anexo II (IF-2021-37122461-APN-PI#INAES) y Anexo III (IF-2021-37121569-APN-PI#INAES).

ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto los aranceles establecidos por la Resolución Conjunta Nº 249/93, respecto de las cooperativas que se constituyan dentro del régimen de la presente resolución.

ARTICULO 3º.- Las áreas competentes de la Dirección Nacional de Desarrollo y Promoción y de la Dirección de Asuntos Jurídicos, tendrán a su cargo la asistencia técnica y todas las cuestiones tendientes a la mejor observancia de la presente resolución.

ARTÍCULO 4°.- Las entidades que se constituyan con la presente resolución deberán seguir el procedimiento para el trámite de otorgamiento de personería jurídica e inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas de la Resolución N° RESFC-2018-2006-APN-DI#INAES en todo lo que no se contradiga con la presente.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.

Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Carlos Alberto Iannizzotto - Alexandre Roig

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/05/2021 N° 30147/21 v. 06/05/2021

Fecha de publicación 06/05/2021