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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 6/2021

DI-2021-6-APN-SSCRYF#MS

Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-00568049-APN-DD#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD y la Resolución 1448/16 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el advenimiento de nuevas situaciones en distintos ámbitos sociales acompañado de las innovaciones tecnológicas requiere readecuar algunos de los procedimientos tradicionalmente utilizados en el ámbito administrativo.

Que acompañando la idea de digitalización, calidad, eficacia y eficiencia el Estado Nacional tiende a dictar normas que faciliten a los ciudadanos el goce de sus derechos.

Que la experiencia mundial y nacional en digitalización que permite acortar distancias y minimizar tiempos y costos hace razonable impulsar una adecuación de diversos procedimientos tendientes a la realización de trámites administrativos por otras vías, alternativas, a las reguladas con anterioridad.

Que la virtualidad y la digitalización han demostrado ser instancias y acciones eficaces que permiten darle continuidad y fluidez a procesos esenciales en la vida social, educativa, laboral y demás ámbitos.

Que a través de la resolución N°1448/16 y su modificatoria, el Ministerio de Salud en cumplimiento de su rol de rectoría aprobó el procedimiento de reconocimiento de Entidades Científicas.

Que se ha verificado el cumplimiento de los requisitos impuestos por esta cartera Ministerial en relación a los recaudos que deben cumplir los Certificados Digitales según la Resolución Ministerial N° 1448/2016.

Que con el fin de facilitar el reconocimiento de los procesos de certificación que realizan las entidades científicas reconocidas por este Ministerio, se propone la modificación de la norma establecida, permitiendo la presentación de los certificados con firma digital a las entidades científicas.

Que la modificación que se propicia tiene impacto directo sobre la forma de los certificados, continuando vigentes, sin sufrir modificación alguna, los recaudos que debe cumplir los Certificados Digitales según la Resolución Ministerial N° 1448/2016.

Que los certificados que se expidan con firmas digitales deberán dar cumplimiento a lo prescripto en la ley 25.506 sus complementarias y modificatorias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de la atribución conferida por el artículo 5° de la Resolución Ministerial N° 1448/2016.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituyese el inciso m del punto 2 del Anexo “PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE ENTIDADES CIENTÍFICAS” (ANEXO IF-2016-00500122-APN-DNRSCSS#MS) que forma parte integrante de la Resolución 1448/16 del Ministerio de Salud de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“m. Modelo de diploma de certificación otorgado (anulado y firmado). El modelo de diploma de certificación podrá ser realizado con firmas ológrafas o con firma digital. En el mismo deben constar campos para: que se identifiquen el nombre, apellido, cargo y firma de por lo menos dos autoridades de la entidad. En los modelos de diploma de certificación con firmas ológrafas se deberá incorporar un campo para la firma del profesional egresado, y en el reverso la legalización de las firmas del anverso por autoridad diferente con cargo y función en la entidad científica. Las firmas que sean instrumentadas de manera digital deben cumplir con lo dispuesto en la ley 25506, complementarias y modificatorias.”

ARTÍCULO 2°- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

Alejandro Salvador Costa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/05/2021 N° 30205/21 v. 06/05/2021

Fecha de publicación 06/05/2021