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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 619/2021

RESOL-2021-619-APN-MD

Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2021

VISTO, la Resolución Nº RESOL-2020-158-APN-MD de fecha 05 de junio de 2020, el Decreto Nº 1078 de fecha 27 de Noviembre de 2018, la Resolución Nº RESOL-2018-1654-APN-MD de fecha 28 de Noviembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el 22 de junio de 2018 el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA del MINISTERIO DE DEFENSA y la Empresa NAVAL GROUP de la REPÚBLICA FRANCESA celebraron el Contrato N° 01/2018 (IF-2018-61535845-APN-SSPOYSLD#MD), complementado por sus Adendas N° 1 de fecha 9 de octubre de 2018 (IF-2018-61538524- -APN-SSPOYSLD#MD) y N° 2 del 20 de noviembre de 2018 (IF-2018-61538517-APNSSPOYSLD#MD), para el suministro de CUATRO (4) Patrulleros Oceánicos Multipropósito (OPV por sus siglas en inglés OFFSHORE PATROL VESSEL).

Que por Resolución N° 1654 de fecha 28 de noviembre de 2018 del MINISTERIO DE DEFENSA aprobó el mencionado Contrato, siendo prorrogado por 60 días la vigencia del mismo a partir del 15 de diciembre de 2018 (NO-2018-66631412-APN-DGMN#ARA).

Que el precio contractual para el suministro de los CUATRO (4) patrulleros OPV en condición de buque “LISTO PARA OPERAR” es de EUROS DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL (€ 287.600.000).

Que por Decisión Administrativa N° 1934 de fecha 20 de diciembre de 2018 se aprueba el gasto derivado del Contrato N° 01/2018 y sus adendas.

Que con fecha 29 de noviembre de 2018 se suscribió el Contrato de Línea de Crédito del Comprador entre la REPÚBLICA ARGENTINA, Ministerio de Hacienda y las instituciones financieras “ Credit Agricole Corporate and Investment Bank, Natixis y Banco Santander S.A.” por un monto de EUROS TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA (€ 319.034.680), destinado al financiamiento del “Proyecto de Recuperación de la Capacidad de Patrullado Naval Marítimo” (CONVE-2018-63139810-APN-DGD#MHA), conforme al modelo aprobado a través del artículo 1 del Decreto N° 1078 del 28 de noviembre de 2018.

Que mediante IF-2018-61290929-APN-MD el Ministerio de Defensa manifiesta que:

a. toma conocimiento del contenido de las cláusulas de dicho Contrato de Financiamiento (CONVE-2018-63139810-APN-DGD#MHA),

b. verificará la debida inversión de los recursos financieros, de manera de garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en el Contrato Comercial y el Convenio de Financiamiento; y

c. asume las obligaciones que sean de su competencia emanadas del Contrato de Financiación y, en particular, las obligaciones relacionadas con los fondos obtenidos en virtud del Contrato de Financiación.

Que en dicho marco, se aprobó un “Procedimiento Administrativo” para la Utilización de la Línea de Crédito (punto 4 “Condiciones de Uso”) conforme a lo establecido en el Contrato Comercial N° 01/2018 artículo 4.4 “Condiciones de Pago”.

Que en fecha 07 de Febrero de 2019, cumplidas todas las condiciones preliminares correspondientes (todo contenido en Expediente Nº EX-2019-06351004- -APN-DGMN#ARA) la Armada Argentina solicitó el primer desembolso, por un total de Euros CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL (€ 57.520.000,00) vinculado a la totalidad de los adelantos de pago.

Que a partir del 13 de Febrero de 2019, una vez confirmada la recepción del pago por parte de la Autoridad Bancaria Francesa competente, el contrato comercial de marras entró en vigor.

Que durante los años 2019 y 2020, se ha cumplido favorablemente el cronograma comercial-industrial previsto, habiéndose recibido en la Ciudad de Toulon (Francia) el Buque A.R.A “BOUCHARD” el 20 de Diciembre de 2019 y alcanzado sobradamente los hitos de avance físico de las tres nuevas construcciones, de hecho los Buques A.R.A “PIEDRABUENA “y A.R.A “STORNI” serán entregados en condiciones de operar el 13 de abril y el 10 de octubre del corriente año respectivamente.

Que vinculado a lo indicado en párrafo ut-supra y adhiriendo al procedimiento administrativo correspondiente, la Armada Argentina ha solicitado y se han cumplido desembolsos a la fecha – incluyendo el adelanto- por un total de Euros DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL (€ 257.546.000), habiéndose alcanzado el orden del NOVENTA POR CIENTO (90 %) de avance comercial total del proyecto.

Que por Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) Nº 179/2020 de fecha 21 de febrero 2020, el Señor Presidente de la Nación, ha designado en el cargo de Jefe del Estado Mayor General de la Armada al actual Vicealmirante JULIO HORACIO GUARDIA (D.N.I. N° 16.352.990).

Que por NO-2021-12711532-APN-EMGA#ARA de fecha 12 de febrero de 2021 el Sr Jefe del Estado Mayor General de la Armada propone al actual Director General del Material Capitán de Navío Marcelo Jorge CALVETE (D.N.I. Nº 16.549.053) como reemplazo del Contraalmirante Claudio Mario ALESSIO (D.N.I. Nº 14.827.853) para todo lo concerniente a la Resolución 280/2020 ya referida y descripta.

Que, a resultas del cambio puntual de Autoridades de la Dirección General del Material consideradas en ARTÍCULO 2° de la Resolución Nº 158/2020, es necesario la designación por analogía de las nuevas competencias para dar continuidad al contrato de marras.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el apartado 9) inciso b) del artículo 4º e incisos a), b) y c) del artículo 19 de Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. por Decreto Nº 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Sr Marcelo Jorge CALVETE (D.N.I. Nº 16.549.053) en reemplazo del Sr. Claudio Mario ALESSIO (D.N.I. Nº 14.827.853) designado oportunamente por Resolución Nº RESOL-2020-158-APN-MD para gestionar, aprobar y suscribir, en forma indistinta de a DOS (2), las solicitudes conforme lo previsto en el punto 3 del procedimiento aprobado por el artículo 1° de Resolución Nº RESOL-2019- 280-APN-MD de fecha 07 de Febrero de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y al MINISTERIO DE HACIENDA.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL EL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustin Oscar Rossi

e. 07/05/2021 N° 30549/21 v. 07/05/2021

Fecha de publicación 07/05/2021