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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 113/2021

ACTA N° 1680

Expediente EX-2019-79722456-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 05 de MAYO de 2021

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentado por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) a requerimiento de INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (JUAN F. SECCO S.A.) para el ingreso de la Central Térmica (CT) San Martín Norte III D, con un módulo de 5 MW de generación, conectada a barras de 13,2 kV de la Subestación (SE) Suarez, Provincia de BUENOS AIRES. 2.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un AVISO, así como también publicar el mismo en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos contados desde la última publicación efectuada, a fin de que quien lo considere procedente presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios respecto del Acceso, se convocará a una Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 sin que se registre la presentación de oposiciones fundadas, en los términos allí establecidos, o de proyectos alternativos al analizado, este Ente Nacional procederá a autorizar la solicitud de Acceso referida en el artículo 1, una vez obtenido por el solicitante su reconocimiento definitivo como Agente del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). 5.- Hacer saber a INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. y a EDENOR S.A. que deberán firmar una adenda al Convenio de Conexión, incorporando el nuevo equipamiento de conexión de acuerdo a lo establecido en Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (Ex SEE) N° 61 de fecha 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias (-Los Procedimientos- texto según Resolución de la Ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO (Ex SRRyME) N° 7 de fecha 26 de marzo de 201), el cual deberá ser remitido a este ENRE. 6.- Hacer saber a EDENOR S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA), deberá incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 7.- Hacer saber que las instalaciones involucradas, bajo jurisdicción de EDENOR S.A., deberán cumplir con la normativa vigente, a saber: Resolución ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas), Resolución ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras), Resolución ENRE N° 129 de fecha 11 de febrero de 2012 (Líneas Subterráneas), Resolución ENRE N° 190 de fecha 25 de julio de 2012 (Trabajos en la vía Pública) y Resolución ENRE N° 401 de fecha 23 de noviembre de 2017 (Guía Para Trabajos de Tendidos Eléctricos Subterráneos en proximidad con Cañerías Conductoras de Gas). 8.- INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. y EDENOR S.A. deberán establecer las condiciones en que se prestará el servicio de Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) por parte de la distribuidora. 9.- La solicitante deberá cumplir con los requerimientos técnicos de CAMMESA y EDENOR S.A. para el acceso solicitado. 10.- Notifíquese a INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A., a EDENOR S.A., a la SECRETARÍA DE ENERGÍA, a CAMMESA al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la Provincia de BUENOS AIRES y a las Asociaciones de Usuarios registradas. 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín -.

Andrea Laura Erdini, Secretaria Privada, Secretaría del Directorio.

e. 07/05/2021 N° 30263/21 v. 07/05/2021

Fecha de publicación 07/05/2021