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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

Resolución 6/2021

RESOL-2021-6-APN-SECPT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2021

VISTO, el EX-2021-21061067- APN-SECPT#MTR, y

CONSIDERANDO:

Que el Anexo II, Apartado XII -correspondiente al MINISTERIO DE TRANSPORTE-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, sustituido por el artículo 9° del Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, establece entre las competencias de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las de “(…) 2. Entender en la elaboración y propuesta de las políticas nacionales y planes en materia de transporte automotor, ferroviario, aerocomercial, fluvial y marítimo, actividades portuarias y vías navegables e intermodalidad de los sistemas de transporte, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución (…); 3. Intervenir en la elaboración, implementación y ejecución de planes en materia de transporte de cargas y logística, entendiendo en la regulación y participación de los sistemas registrales y estadísticos del sector (…); 4. Intervenir en el diseño, elaboración y propuesta de la política regulatoria del sistema de transporte bajo jurisdicción nacional en sus distintas modalidades (…)”, entre otras.

Que, teniendo en cuenta la diversidad y cantidad de propuestas e iniciativas presentadas por la ciudadanía relacionadas con las competencias de esta SecretarÍa de Planificación de Transporte, entre las que se destacan entre las más recientes, una propuesta de transporte nacional multimodal, un proyecto bioceánico para la zona central argentina, que pretende unir el océano Atlántico con el Pacífico por un sistema “Polimodal Ferrocamión”, diversas propuestas de nuevos trazados ferroviarios, o de rehabilitación de antiguos ramales desafectados de la operación, la extensión de vías férreas para un corredor turístico en todo el país, la reactivación de servicios ferroviarios de media y larga distancia en todo el territorio nacional, el avance tecnológico en la industria de autopartes, etc., corresponde a esta área de Estado con competencia primaria en la definición del Plan Nacional de Transporte (norma citada, inc. 1) proceder a su organización y a su estudio sistemáticos a fin de evaluar su viabilidad, prioridad estratégica y compatibilización con el universo de proyectos y propuestas nacionales bajo análisis.

Que también existen presentaciones en donde la ciudadanía ofrece el aporte de ideas y de trabajo operativo necesario para el desarrollo del transporte ferroviario de cargas y de pasajeros, motivadas en la necesidad de proveer al crecimiento económico y social de nuestro país.

Que, ante la dispersión de todas esas iniciativas y presentaciones, el valor de su contenido para la planificación de transporte a nivel nacional y la necesidad de posibilitar su adecuado análisis, resulta conveniente proceder a su centralización, organización y sistematización metodológica.

Que la centralización de las mismas permitirá detectar posibles sinergias entre propuestas similares y/o complementarios, tanto desde el punto de vista sectorial como geográfico.

Que al tratarse las políticas públicas de acciones de gobierno tendientes a cumplir con objetivos de bienestar general, se entiende como auspiciosa y necesaria la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones de desarrollo sustentadas en evaluaciones de factibilidad y utilidad pública, y en general, en la orientación de la planificación del transporte a nivel nacional.

Que en consecuencia, y en cumplimiento de las misiones y funciones de la esta Secretaría, resulta propicia la creación de un “Banco de Propuestas de la Ciudadanía” para su adecuada canalización, estudio y posterior respuesta.

Que la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE resulta competente para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Anexo II, Apartado XII - correspondiente al MINISTERIO DE TRANSPORTE-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, sustituido por el artículo 9° del Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020.

Por ello,

EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Créase el “Banco de Propuestas de la Ciudadanía” en el ámbito de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 2°: El “Banco de Propuestas de la Ciudadanía” tendrá por objeto registrar todos las propuestas, proyectos e iniciativas presentados por particulares o entidades u organizaciones de la sociedad civil, vinculados con las atribuciones y competencias de la Secretaría de Planificación de Transporte.

ARTÍCULO 3°: El “Banco de Propuestas de la Ciudadanía” funcionará en el ámbito de la Dirección de Logística de la Dirección Nacional de Planificación del Transporte de Pasajeros, Cargas y Logística de la Subsecretaría de Planificación y Coordinación de Transporte de esta SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, quien llevará el registro de las propuestas y dará respuesta a las mismas.

ARTÍCULO 4°: Confórmese el Equipo de Trabajo “Banco de Propuestas de la Ciudadanía” que estará integrado por la Dirección Nacional de Planificación de Transporte de Pasajeros, Cargas y Logística de la Subsecretaría de Planificación y Coordinación de Transporte, por su DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA, y por la Dirección de Coordinación Territorial del Transporte de Pasajeros de la Dirección Nacional de Evaluación Estratégica de Programas del Transporte de esta Secretaría.

Artículo 5°: El Equipo de Trabajo “Banco de Propuestas de la Ciudadanía” estará integrado por DOS (2) representantes de cada una de las áreas enunciadas en el artículo precedente y tendrá como funciones:

1. Analizar la viabilidad de los propuestas presentadas,

2. Establecer su grado de prioridad estratégica,

3. En su caso, brindar asistencia técnica para evaluar la factibilidad de la propuesta,

4. En todos los casos, elaborar respuesta al presentante, y

5. En su caso, proponer al Señor Secretario de Planificación de Transporte la convocatoria a concursos de ideas de temas que considere de relevante interés.

Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial.

Gastón Emanuel Jaques

e. 10/05/2021 N° 30891/21 v. 10/05/2021

Fecha de publicación 10/05/2021