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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 579/2021

RESOL-2021-579-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-37825641- -APN-DGD#MC, los Decretos Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020, Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020, Nº 235 de fecha 8 de abril de 2021 y Nº 241 de fecha 15 de abril de 2021, la Resolución Nº 538 de fecha 30 de abril de 2021 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.C. Nº 538/21 (RESOL-2021-538-APN-MC) el Ministro de Cultura aprobó la creación del PROGRAMA IMPULSAR, de sostenimiento para la cultura del espectáculo en vivo, y aprobó el reglamento de bases y condiciones del programa y las declaraciones juradas, como ANEXO I (IF-2021-37920782-APN-SDC#MC) y ANEXO II (IF-2021-37921159-APN-SDC#MC).

Que en función de lo expuesto en el ANEXO I (IF-2021-37920782-APN-SDC#MC) por el punto 2, la inscripción dará comienzo el día hábil inmediato posterior a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA y se extenderá durante un periodo de SIETE (7) días corridos.

Que, sin embargo, resulta beneficioso contar con un plazo suplementario que pueda asegurar una mayor participación y difusión del programa, así como también garantizar una apropiada consecución de los objetivos del mismo, de mitigar el impacto de la suspensión de las funciones programas de música en vivo, teatro, circo o danza, entre los días 16 y 30 de abril de 2021, por cumplimiento de las medidas dispuestas en el Decreto N° 235/21 con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 241/21.

Que en virtud de lo mencionado, resulta necesario ampliar el plazo de inscripciones previsto en el punto 2 del ANEXO I (IF-2021-37920782-APN-SDC#MC) que reglamenta el programa impulsar aprobado por la Resolución M.C. Nº 538/21 (RESOL-2021-538-APN-MC), hasta el 16 de mayo de 2021 inclusive.

Que, asimismo, por el punto 4 del ANEXO I (IF-2021-37920782-APN-SDC#MC) se designó entre los jurados a TRES (3) representantes o especialistas pertenecientes a la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES Y MUSICALES (AADET).

Que la asociación mencionada ha manifestado su imposibilidad de actuar como miembros del jurado en la presente convocatoria, según Nota registrada bajo IF-2021-41412429-APN-SDC#MC.

Que en atención a lo expuesto, corresponde modificar la composición del jurado designando mediante la presente a SIETE (7) miembros del Jurado, DOS (2) funcionarios del MINISTERIO DE CULTURA, ambos con rango no inferior a Director Nacional y competencias vinculadas; TRES (3) representantes y/o especialistas, expertos de probada experiencia y amplia trayectoria en el ámbito de las Industrias Culturales; y DOS (2) Jurados suplentes.

Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias).

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar hasta el 16 de mayo de 2021 inclusive el plazo de inscripción al PROGRAMA IMPULSAR previsto en el punto 2 del ANEXO I (IF-2021-37920782-APN-SDC#MC) aprobado por Resolución M.C. Nº 538/21 (RESOL-2021-538-APN-MC).

ARTÍCULO 2°.- Designar como miembros titulares del jurado a: Jorge Adrián DUBATTI (D.N.I. Nº16.247.255); Daniel Mario MARCOVETZKY (D.N.I. Nº12.498.525); Alejo SMIRNOFF (D.N.I. Nº21.482.252); Ariel DIRESE (D.N.I. Nº23.968.969); y Luis SANJURJO (D.N.I. Nº27.934.238); y como miembros suplentes a: Paola AUDISIO (D.N.I. Nº27.423.597); y Franco RIZZI (D.N.I. Nº27.959.786).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

e. 13/05/2021 N° 32020/21 v. 13/05/2021

Fecha de publicación 13/05/2021