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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 124/2021

ACTA N° 1684

Expediente ENRE N° EX-2019-66850751-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 14 DE MAYO DE 2021

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.-Sancionar a la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.) en la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SESENTA Y NUEVE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 31.367.069,25) correspondientes al mes de junio 2019, por incumplimientos a lo dispuesto en el artículo 22 inciso a) de su Contrato de Concesión, al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión contenido en el Subanexo II-B de dicho contrato, al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones para el equipamiento de Desconexión Automática de Generación (DAG), contenido en el Anexo II a la Resolución ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 106 de fecha 1 de abril de 2015, al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones para el Sistema de Monitoreo de Oscilaciones (SMO) de unidad remota contenido en el Anexo I a la Resolución ENRE N° 213 de fecha 3 de julio de 2002, y a las Resoluciones ENRE N° 552 de fecha 26 de octubre de 2016 y N° 580 de fecha 9 de noviembre de 2016, cuyo detalle, duración y montos de penalización se expresan en el Anexo IF-2021-41724277-APN-DTEE#ENRE. 2.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a que efectúe el débito de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CATORCE CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 4.794.614,18) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por indisponibilidades de equipamiento propio de líneas, conexión/transformación, potencia reactiva, DAG y SMO, según se detalla en el Anexo IF-2021-41724277-APN-DTEE#ENRE. 3.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON NUEVE CENTAVOS ($ 22.681.779,09) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por incumplimientos incurridos por sus Transportistas Independientes al Régimen de Calidad de Servicio estipulado en el Anexo II de los Contratos de Electroducto respectivos, consistentes en indisponibilidades de equipamiento de líneas, conexión y reactivos, según se detalla en el Anexo IF-2021-41724277-APN-DTEE#ENRE. 4.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 3.890.675,98) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por incumplimiento en cuanto a sus obligaciones respecto de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes según se detalla en el Anexo IF-2021-41724277-APN-DTEE#ENRE. 5.- Determinar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Subanexo II-B del Contrato de Concesión de TRANSENER S.A. y de acuerdo con la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo VI de la Resolución ENRE N° 66 de fecha 31 de enero de 2017 -modificada por Resolución ENRE N° 67 de fecha 22 de marzo de 2019-, los premios que percibirá esta transportista correspondientes al mes de junio de 2019, en la suma de PESOS VEINTE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 20.580.775,71), de acuerdo al detalle que se efectúa en el Anexo IF-2021-41724277-APN-DTEE#ENRE. 6.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en el artículo precedente, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el Anexo IF-2021-41724277-APNDTEE# ENRE, para ser acreditados sobre la liquidación de venta de TRANSENER S.A. 7.- Notifíquese a CAMMESA y a TRANSENER S.A. lo dispuesto en este acto, con copia de la presente resolución y del Anexo IF-2021-41724277-APN-DTEE#ENRE-APN-DTEE#ENRE. Hágase saber a esta última que: a) Se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto, y; b) La presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: i) Por la vía del recurso de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, como así también; ii) En forma subsidiaria o alternativa, por la vía del recurso de alzada previsto en el artículo 76 de la Ley N° 24.065 y en el artículo 94 del citado reglamento, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos, y; iii) Mediante el recurso directo por ante la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL contemplado en el artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaria del Directorio.

e. 17/05/2021 N° 33029/21 v. 17/05/2021

Fecha de publicación 17/05/2021