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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 532/2021

RESOL-2021-532-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2021

VISTO el EX-2020-EX-2020-18727025-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741(t.o. 2001) y sus modificatorias, el Decreto Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, el Decreto N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, Resolución INCAA N° 1 de fecha 7 de enero de 2017, y sus modificatorias, la Resolución INCAA N° 166-E de fecha 27 de marzo de 2020, y sus modificatorias, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio nacional.

Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.

Que con motivo de la pandemia decretada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) como consecuencia del coronavirus COVID-19, y ante la imposibilidad de estrenar películas nacionales en salas cinematográficas, debido al cierre ordenado por el Gobierno Nacional por motivos sanitarios, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES estableció, por Resolución INCAA N° 166-E/2020, un PROGRAMA DE ESTRENOS DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA, denominado JUEVES ESTRENO, utilizando sus pantallas públicas, la señal CINE.AR y la plataforma CINE.AR PLAY.

Que todas las películas incluidas en este Programa tuvieron una buena repercusión, lo que constituye un paso fundamental en la formación de audiencias, objetivo primordial del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que, con la autorización de apertura de las salas de cine en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires, se realizaron estrenos de películas, de manera simúltanea, en el Cine Gaumont, Espacios INCAA y la señal CINE.AR y repeticiones en la Plataforma CINE.AR PLAY, con resultados igual de auspiciosos.

Que con estos antecedentes, se considera oportuno continuar el Programa JUEVES ESTRENO, para las películas nacionales cuyo productores adhieran al citado Programa que implica la programación simultánea la señal CINE.AR, con salas cinematográficas disponibles en diferentes regiones del país que no estén cerradas por las restricciones impuestas por razones sanitarias, repeticiones en la Plataforma CINE.AR PLAY.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES también esta facultado para reestrenar películas programadas anteriormente.

Que en atención a que la normativa vigente, Resolución INCAA N° 1/2017, por la difícil situación sanitaria en diversas regiones del país, disminuyó la cantidad de salas necesarias para la percepción del subsidio por otros medios de exhibición a TRES (3), como mínimo y simultáneas para las películas preclasificadas como de audiencia media, y en DOS (2) Espacios INCAA para las de Convocatoria y Concursos, se estima procedente ofrecer, a aquellos productores que lo soliciten programar la película en hasta TRES (3) Espacios INCAA, seleccionados a criterio del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, a los fines de la acreditación de los requisitos para solicitar el pago del subsidio.

Que la Subgerencia de Exhibición, la Subgerencia de Desarrollo Federal, la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia General han tomado intervención al respecto.

Que las facultades para la aprobación de esta resolución se encuentran comprendidas en Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y en los Decretos Nº 1536/2002 y Nº 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2021, el Programa JUEVES ESTRENO, administrado por la Subgerencia de Exhibición del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y con la participación de la Subgerencia de Desarrollo Federal.

ARTÍCULO 2°.- Las películas cuyos productores/as adhieran al programa serán programadas en la señal CINE.AR y en la Plataforma CINE.AR PLAY, en forma simultánea a su exhibición en TRES (3) Espacios INCAA, siendo requisito indispensable que no hayan sido exhibidas públicamente en salas cinematográficas, excepto en festivales de cine nacionales o internacionales.

ARTÍCULO 3°.- Para las películas nacionales con derecho a la percepción de subsidios, que no cuenten con programación en el número mínimo de TRES (3) salas cinematográficas, y que se encuentren inscriptas en el Calendario de Estrenos, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ofrece programarlas, a su exclusivo criterio, en la cantidad de Espacios INCAA necesarios para cumplimentar la normativa.

ARTÍCULO 4°.- La solicitud para integrar el Programa JUEVES ESTRENO, tanto para las películas que se estrenen según lo establecido en el Artículo 3° como para las que se programen solamente en la señal CINE.AR y en la Plataforma CINE.AR PLAY, deberá ser iniciada por los/las productores/as presentantes de las películas nacionales que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 2° y 3°, según corresponda, de la presente Resolución y deberá realizarse a través de la plataforma INCAA EN LINEA, acompañando la solicitud según el modelo obrante en el Anexo I de la presente resolución, cuya suscripción y envío implicará la aceptación de la totalidad de las condiciones de la presente.

ARTÍCULO 5°.- Los productores/as de las películas que opten por participar en el Programa JUEVES ESTRENO deberán presentar los materiales detallados en los Anexos II y III que forman parte de la presente Resolución, autorizando el uso promocional de estos materiales por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTÍCULO 6°.- Los productores/as que soliciten, además, la programación en Espacios INCAA, deberán presentar los materiales detallados en el Anexo IV de la presente Resolución, autorizando el uso promocional de estos materiales por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que una vez programada la película y comunicada la fecha de estreno, sus productores/as no podrán solicitar modificaciones o cancelaciones de las exhibiciones, bajo apercibimiento de perder el beneficio de los subsidios correspondientes a dicha programación.

ARTÍCULO 8°.- Aprobar los ANEXOS I, IF-2021-29774431-APN-SGE#INCAA, II, IF-2021-29780420- APN-SGE#INCAA, III, IF-2021-29780137-APN-SGE#INCAA, y IV, IF-2021-42842608-APN-SGDF#INCAA, que forman parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 9°.- Disponer que la presente Resolución queda sujeta a disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 10°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Adalberto Puenzo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/05/2021 N° 33394/21 v. 18/05/2021

Fecha de publicación 18/05/2021