MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD
Disposición 10/2021
DI-2021-10-APN-SES#MS
Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2021
VISTO el Expediente EX-2020-82840922-APN-DD#MS, los Contrato de Préstamos BID 3772/OC-AR “Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el Manejo de Enfermedades Crónicas No Transmisibles, Segunda Operación” y BID 5032/OC-AR “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), el Decreto N° 945 del 17 de noviembre de 2017, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, el Decreto Nº 640 de fecha 31 de julio 2020, Decreto Nº 174 de fecha 17 de marzo de 2021, Decreto Nº 223 de fecha 28 de marzo de 2021, Decisión Administrativa Nº 457 de fecha 4 de abril del 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el Proceso de Comparación de Precios por el “Servicio de máquinas expendedoras de Café” con el objeto de cubrir las necesidades que demanden las oficinas que albergan al Proyecto con Financiamiento Internacional, Préstamo BID 3772/OC- AR, hasta su finalización y previendo su continuidad mediante el préstamo BID 5032/OC-AR, en el marco del PROGRAMA MULTIFASE DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD PARA EL MANEJO DE ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES – SEGUNDA OPERACIÓN – CONTRATO DE PRÉSTAMO BID Nº 3772/OC-AR y del “PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” – CONTRATO DE PRÉSTAMO BID N° 5032-OC-AR.
Que mediante el Decreto N° 247/2017 fue aprobado el modelo de Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a solventar la ejecución de la Segunda Operación del “Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el Manejo de Enfermedades Crónicas No Transmisibles” – Contrato de Préstamo BID N° 3772/OC-AR.
Que el Artículo 4 del citado Decreto designó al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN por intermedio de la entonces SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS, como “Organismo Ejecutor” del Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el manejo de Enfermedades Crónicas no Transmisibles Segunda Operación, con el apoyo de la entonces UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD, actual DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, como responsable de los aspectos fiduciarios y la gestión administrativa y financiera del Programa, autorizándolo a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mismo.
Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”.
Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera”.
Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), adecua la organización ministerial del Poder Ejecutivo Nacional estableciendo al MINISTERIO DE SALUD como Órgano con Competencia en todo lo inherente a la salud de la población.
Que mediante el Decreto N° 50/2019, se aprueba la conformación organizativa de aplicación de la Administración Nacional Centralizada, creándose la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD, entre otras.
Que con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa a través del Decreto Nº 223/2021, estableciéndose los objetivos de la actual SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que por la Decisión Administrativa Nº 457/2020, se aprueba la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, estableciendo la responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera- presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de participación público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional.
Que mediante Nota NO-2020-65628875-APN-SES#MS de la SECRETARÍA DE EQUIDAD DE SALUD se formuló el requerimiento para la solicitud de contratación del presente procedimiento, mientras que mediante Nota NO-2020-87618604-APN-DNFSP#MS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES se establecieron las especificaciones técnicas, cantidades, plazos y lugar de entrega de los servicios a adquirir.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA prestó su conformidad a la presente contratación mediante Providencia PV-2020-82847632-APN-SSGA#MS.
Que en ese sentido se elabora el Pliego (PLIEG-2021-02568188-APN-DGPFE#MS) que rige la presente convocatoria, estableciéndose como fecha de apertura el día 29 de enero de 2021 a las 12:00 horas, realizándose la publicación en el portal web de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO).
Que con fecha 14 de enero de 2021 se enviaron invitaciones a cotizar a potenciales proveedores del rubro (orden 12).
Que con fecha 29 de enero de 2021 se procedió a la apertura de ofertas, labrándose en consecuencia el Acta de Apertura de Ofertas mediante el cual se deja constancia de la recepción de CINCO (5) ofertas presentadas, indicándose el precio de cada una de las propuestas recibidas (IF-2021-08348311-APN-DGPFE#MS).
Que en ese sentido se agregan las ofertas presentadas por las firmas BUENOS AIRES VENDING S.A. (orden 17), CLOFEA S.R.L. (orden 18), ROITMAN RICARDO DAMIAN (orden 19), SELF EXPRESS S.R.L. (orden 20), y ZAGAS PROFESIONAL S.A. (orden 21), remitiéndose las mismas al área requirente para su evaluación.
Que con fecha 22 de febrero de 2021 intervino la Dirección Nacional de Medicamentos y Tecnología Sanitaria por la que informó que los valores calculados estaban expresados a agosto 2020 y que, procediendo a una actualización y proyección del costo del servicio de café proyectado a diciembre de 2021, corresponde estimar el precio para la presente contratación en la suma de $1.480.658,48.-, por lo que concluyó que “los precios consignados en las ofertas de BA VENDING S.A., CLOFEA SRL, ROITMAN, resultan razonables, mientras que los precios consignados en ofertas de SELF EXPRESS SRL, y ZAGAS S.A. exceden el marco de razonabilidad en la presente detallado”.
Que con fecha 25 de marzo 2021 se emitió el Informe de Evaluación y Recomendación de adjudicación del LOTE ÚNICO compuesto de dos renglones a la firma CLOFEA SRL (Café Bantu) - C.U.I.T 30-69902732-0 - por el valor total de pesos UN MILLON CIENTO VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE con 20/100 ($ 1.124.719,20.-) IVA incluido por ajustarse técnicamente a lo solicitado y ser su oferta conveniente, asimismo se recomendó el rechazo de las ofertas presentadas por las firmas ROITMAN RICARDO DAMIAN por enviar la declaración de mantenimiento de oferta en formato Word y sin firma, ZAGAS PROFESIONAL S.A por no responder a la solicitud de información adicional, todo ello en el Informe IF-2021-26384486-APN-DGPFE#MS.
Que a estos efectos deviene necesario aprobar el Modelo de Orden de Compra (IF-2021-40064123-APN-DGPFE#MS), confeccionado por el Área de Adquisiciones y Contrataciones de la DIRECCION GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO.
Que obra el Informe de Conformidad de fecha 26 de marzo del corriente por la entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA para la presente adquisición (IF-2021-27063241-APN-SSGA#MS).
Que el respectivo Proceso de Comparación de Precios “Servicio de máquinas expendedoras de Café” se llevó de acuerdo a lo establecido en la Sección III “Otros Métodos de Adquisición”, apartado 3.6 de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 (mayo de 2019) y conforme a lo establecido en el Contratos de Préstamos indicado en los considerandos precedentes.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945/2017, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA tomó la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en los Contratos de Préstamos BID N° 3772/OC-AR y BID 5032/OC-AR, Decreto N° 945/2014, Decreto N° 50/2019, Decreto N° 174/2021, Decreto 223/2021.
Por ello:
EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DE LOS PROYECTOS BID N° 3772/OC-AR Y BID N° 5032/OC-AR
DISPONE:
ARTICULO 1°. - Apruébese lo actuado en el presente proceso de Comparación de Precios por la Contratación de “Servicio de máquinas expendedoras de Café” marco del Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el Manejo de Enfermedades Crónicas No Transmisibles – Segunda Operación – Contrato de Préstamo BID Nº 3772/OC-AR y del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” – Contrato de Préstamo BID N° 5032-OC-AR, el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 (mayo 2019).
ARTICULO 2º.- Desestímense las propuestas de las firmas ROITMAN RICARDO DAMIAN por enviar la declaración de mantenimiento de oferta en formato Word y sin firma; ZAGAS PROFESIONAL S.A por no responder a la solicitud de información adicional y por ser su oferta económica no conveniente a los fines del Estado.
ARTICULO 3°.– Adjudicase en la presente el LOTE ÚNICO compuesto de dos renglones a la firma CLOFEA SRL (Café Bantu). C.U.I.T 30-69902732-0 por el valor total de pesos UN MILLON CIENTO VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE con 20/100 ($ 1.124.719,20), precio final con IVA, de conformidad con los considerandos vertidos en la presente.
ARTICULO 4°.– Apruebase el modelo de Orden de Compra (IF-2021-40064123-APN-DGPFE#MS) que como Anexo I forman parte de la presente.
ARTICULO 5°.– Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victor Alberto Urbani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/05/2021 N° 33911/21 v. 19/05/2021
Fecha de publicación 19/05/2021