Edición del
13 de Diciembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 155/2021

RESOL-2021-155-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2021

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el Decreto N° 1759/72, la Resolución del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 147/21, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 147, de fecha 14 de mayo de 2021, se otorgaron, con carácter de excepción al Criterio 27, Inciso b) de la Norma AR 8.2.4, Revisión 1, las Licencias de Operación que integran el Acta N° 471, Aplicaciones Médicas, con una vigencia hasta el 18 de enero de 2022.

Que con posterioridad al dictado del mencionado Acto Administrativo se verificó que, por un error material e involuntario, se adjuntó un ANEXO que no era el correcto.

Que el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, faculta a la Administración Pública a rectificar, en cualquier momento, los errores materiales siempre que la enmienda no altere lo sustancial del Acto Administrativo.

Que, en tal sentido, corresponde rectificar la Resolución N° 147/21 citada en el VISTO y adjuntar el Anexo modificado correspondiente al otorgamiento, con carácter de excepción al Criterio 27, Inciso b) de la Norma AR 8.2.4, Revisión 1, de las Licencias de Operación que integran el Acta N° 471, Aplicaciones Médicas.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso c) de la Ley N° 24.804.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectificar el Anexo de la Resolución del Directorio de la ARN N° 147 del 14 de mayo de 2021.

ARTÍCULO 2°.- Agréguese, como Anexo a la presente, el Anexo de la Resolución del Directorio de la ARN N° 147/21 con su texto rectificado.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y notifíquese a los solicitantes de las Licencias de Operación. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 20/05/2021 N° 34255/21 v. 20/05/2021

Fecha de publicación 20/05/2021