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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

Resolución 39/2021

RESOL-2021-39-APN-SPYMEYE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2020-76939686- -APN-DGD#MDP, las Resoluciones Nros. 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 483 de fecha 10 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, 409 de fecha de 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 140 de fecha 17 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó el Programa “Plan de Diseño” con el objetivo de fortalecer la competitividad industrial mediante la incorporación del diseño como herramienta.

Que el mencionado Programa contempla DOS (2) modalidades y herramientas de implementación llamadas “PYMES D” y “Sello de Buen Diseño Argentino”, asignando diferentes instrumentos y formalidades para cada una de ellas.

Que la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino” consiste en una distinción a la incorporación de la gestión de diseño, siempre que se demuestre una mejora en los procesos industriales y productos, aumentando la competitividad, tanto en el mercado interno como en el externo, constituyendo una oferta nacional de productos destacados por su diseño. El beneficio no contempla ningún tipo de retribución económica para quienes resulten distinguidos.

Que entre los beneficios que contempla la distinción, se encuentran la inclusión de los productos distinguidos en el catálogo anual del “Sello de Buen Diseño Argentino”, publicaciones de promoción en notas de prensa, revistas de publicación masiva y especializadas de diseño; participación en exhibiciones a nivel nacional e internacional y generación de nuevas oportunidades comerciales, a partir de reuniones y rondas de negocios con compradores nacionales e internacionales.

Que mediante la Resolución N° 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa “Plan de Diseño” con el propósito de presentar los términos, condiciones y procedimientos que regirán su ejecución.

Que por la Resolución N° 483 de fecha 10 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se transfirió el Programa “Plan de Diseño” creado por la Resolución N° 709/16 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, actual SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a la órbita de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del citado Ministerio, designándose a esta última como Autoridad de Aplicación de dicho Programa, quedando facultada a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para su ejecución.

Que mediante la Resolución N° 140 de fecha 17 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se convocó a los interesados en acceder a la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino”, a que presenten el correspondiente formulario de inscripción y la documentación pertinente estableciendo un plazo de SETENTA (70) días corridos para formalizar las correspondientes solicitudes.

Que mediante la Resolución N° 3 de fecha 28 de enero de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se prorrogó hasta el día 28 de febrero de 2021 el plazo de la convocatoria estipulado en la Resolución N° 140/20 de la citada Secretaría.

Que mediante el Artículo 6° de la referida Resolución N° 140/20 se estableció que el Comité Evaluador interviniente en la evaluación de las propuestas presentadas en el marco de la convocatoria para acceder a la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino” estará integrado por las personas listadas en el Anexo IV de la misma.

Que, en este contexto, el Comité Evaluador se ha reunido entre los días 22 al 26 de marzo de 2021 con el objetivo de seleccionar y calificar las presentaciones realizadas por las Pymes, acorde con los criterios de evaluación establecidos en el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa “Plan de Diseño” y las Bases y Condiciones Particulares de la convocatoria, asignando un puntaje a cada producto presentado, obrante como IF-2021-38556696-APN-SSPYDRP#MDP en el expediente citado en el Visto.

Que, en este sentido, el mencionado Comité, teniendo en cuenta los productos y las políticas globales desarrolladas por las empresas para la producción de los mismos, confeccionó un orden de mérito, respecto de las empresas beneficiarias que obtuvieron un puntaje total mayor o igual de SESENTA (60) puntos, requisito necesario para la obtención de la distinción del “Sello de Buen Diseño Argentino” conforme lo previsto en las Bases y Condiciones que rigen la Convocatoria.

Que la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME, dependiente de la SECRETARÍA DE LA SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, procedió a verificar el cumplimiento de la documentación presentada por cada una de las empresas de conformidad a los criterios de evaluación previstos en el Anexo I de la Resolución N° 140/20 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES.

Que la Asesoría Técnica se expidió mediante el Informe Técnico IF-2021-41310449-APN-SSPYDRP#MDP dando a conocer el orden de mérito elaborado por el Comité Evaluador.

Que, de conformidad con lo indicado en el mencionado Informe, la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME ha ratificado mediante el IF-2021-41316003-APN-SSPYDRP#MDP, la evaluación respecto del orden de mérito elaborado por dicho Comité, considerando en este caso oportuna su aprobación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por las Resoluciones Nros. 709/16 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 483/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el orden de mérito elaborado por el Comité Evaluador respecto de las solicitudes presentadas en el marco de la convocatoria de acceso a la distinción del “Sello de Buen Diseño Argentino” herramienta prevista en el Programa “Plan de Diseño”, que fuera formalizada mediante la Resolución N° 140 de fecha 17 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, que como Anexo IF-2021-41639574-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Otórgase la distinción del “Sello de Buen Diseño Argentino” a las Pymes que obtuvieron una calificación mayor o igual a SESENTA (60) puntos según los parámetros analizados de conformidad al Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa “Plan de Diseño” y las Bases y Condiciones Particulares “Sello de Buen Diseño Argentino”, aprobadas por el Anexo I de las Resoluciones Nros. 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 140/20 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, respectivamente.

ARTÍCULO 3°.- Hácese saber a las Pymes beneficiarias de la distinción “Sello de Buen Diseño Argentino” que, de conformidad con lo previsto en los puntos 3.3.1 y 3.3.2 del Anexo I de la Resolución N° 409/17 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, el mismo será de uso obligatorio en la difusión del producto galardonado, como así también en las piezas de comunicación, embalaje, web, entre otros.

ARTÍCULO 4°.- La distinción otorgada se mantendrá vigente en la medida que el producto distinguido no sufra modificaciones respecto de sus dimensiones, características morfológicas ni en los materiales utilizados, debiendo notificar si se produjeren alguno de los hechos manifestados precedentemente, ello de conformidad a lo previsto en el punto 10 “Vigencia” del Anexo I de la Resolución N° 140/20 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES.

ARTÍCULO 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Merediz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/05/2021 N° 34553/21 v. 21/05/2021

Fecha de publicación 21/05/2021