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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 429/2021

RESOL-2021-429-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2017-01527559-APN-DDYME#MEM y los Expedientes Nros. EX-2017-1747767-APN-DDYME#MEM, EX-2020-1963796-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2020-89323623-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa GENNEIA S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Central Térmica Bragado III con una potencia de SESENTA MEGAVATIOS (60 MW), ubicada en el Partido de Bragado, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) a la Estación Transformadora Bragado, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S.A. (TRANSBA S.A.).

Que Mediante la Nota N° B-114335-1 de fecha 7 de febrero de 2017 (IF-2017-1753414-APN-DDYME#MEM), obrante en el Expediente N° EX-2017-1747767-APN-DDYME#MEM, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa GENNEIA S.A. cumple para su Central Térmica Bragado III los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias.

Que mediante la Resolución Nº 65 de fecha 3 de enero de 2017 (IF-2020-1995356-APN-DGDOMEN#MHA), obrante en el Expediente N° EX-2020-1963796-APN-DGDOMEN#MHA y la Nota Aclaratoria de fecha 17 de diciembre de 2020 (IF-2020-89323990-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2020-89323623-APN-SE#MEC, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) de la Provincia de BUENOS AIRES resolvió declarar ambientalmente apto el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de la Central Térmica Bragado III.

Que la empresa GENNEIA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica Bragado III se publicó en el Boletín Oficial Nº 34.563 de fecha 18 de enero de 2021 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que Dirección de Asuntos Legales de Energía del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución Nº 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa GENNEIA S.A. para su Central Térmica Bragado III con una potencia de SESENTA MEGAVATIOS (60 MW), ubicada en el Partido de Bragado, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) a la Estación Transformadora Bragado, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S.A. (TRANSBA S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa GENNEIA S.A., titular de la Central Térmica Bragado III en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa GENNEIA S.A., a CAMMESA, a la EMPRESA DE TRANSPORTE POR DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S.A. (TRANSBA S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 21/05/2021 N° 34533/21 v. 21/05/2021

Fecha de publicación 21/05/2021