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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 210/2021

RESOL-2021-210-APN-INASE#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2021

VISTO el Expediente EX-2020-53239784--APN-DRV#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 13 de agosto de 2020 la empresa PIONEER ARGENTINA S.R.L, ha solicitado la baja de las inscripciones en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de las creaciones fitogenéticas de maíz (Zea mays L.) de denominaciones PH38D, PH538, PHND1, PH42M, PH64G, PHT6C2, PHC3Z1, PH53N, PH41K, PH4NA, PH2HG y PHN2R2.

Que el Artículo 30 a) de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que caducará el Título de Propiedad sobre un cultivar por renuncia del propietario a sus derechos, en cuyo caso el cultivar será de uso público.

Que el Artículo 36 a) del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que el derecho del obtentor sobre una variedad caducará por renuncia del obtentor a sus derechos, en cuyo caso la variedad será de uso público.

Que el Artículo 38 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que se publicarán a cargo del interesado en el Boletín Oficial las renuncias a los Títulos de Propiedad otorgados.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictaminado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárese la caducidad de los derechos de propiedad, sobre las creaciones fitogenéticas de maíz (Zea mays L.) de denominaciones PH38D, PH538, PHND1, PH42M, PH64G, PHT6C2, PHC3Z1, PH53N, PH41K, PH4NA, PH2HG y PHN2R2, inscriptas en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, mediante la Resolución Nº 299 de fecha 10 de septiembre de 2002 y la Resolución N° 303 de fecha 3 de junio de 2003, ambas de la ex–SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS, pasando las mismas a ser de uso público, en virtud de la renuncia solicitada por el titular (Artículo 36 a) del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247).

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese a cargo del interesado en el Boletín Oficial y archívese.

Joaquin Manuel Serrano

e. 02/06/2021 N° 36901/21 v. 02/06/2021

Fecha de publicación 02/06/2021