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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 305/2021

RESOL-2021-305-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2021

VISTO el Expediente EX-2021-03415237-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 18.875 de Compre Nacional y 27.437 de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, y

CONSIDERANDO:

Que la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) realizó un pedido de autorización de contratación de servicios prestados por una empresa extrajera, solicitando la excepción prevista para la aplicación de Compre Argentino bajo los términos del artículo 16 de la Ley N° 18.875 (cf., IF-2021-03415773-APN-SE#MEC).

Que para fundar dicha solicitud, EDESUR S.A. aduce la excepción prevista en el mencionado artículo 16 de la citada ley, la cual prevé que cuando la industria nacional no ofrezca ni sea capaz de ofrecer alguna alternativa, total o parcial viable y a precio razonable, respecto de los equipos y máquinas que no se producen en el país “...se podrá contratar con firmas o profesionales extranjeros únicamente en casos excepcionales, aprobados previamente por Resolución del Ministerio competente, que sólo podrá fundarse en la falta de capacidad técnica local en el asunto del servicio o de la consulta, e imposible de suplir por vía de subcontratación, debiendo darse a publicidad el dictamen técnico correspondiente...”

Que en virtud de ello, a EDESUR S.A. le resulta necesario contratar los servicios de GRID SOLUTIONS TRANSMISSÃO DE ENERGIA Ltda., con sede en la REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, a los fines de que se sirva intervenir mediante la provisión de personal técnico calificado en las tareas de mantenimiento preventivo de los equipos GIS (Subestación Aislada en Gas), fabricados por la casa matriz de dicha empresa y emplazados en las Subestaciones de EDESUR S.A. que a continuación se detallan: Costanera (220 kV), Azopardo (220 kV), Azopardo (132 kV) y Paraná (132 kV).

Que, en vista de la complejidad del equipamiento y el número reducido de estos modelos en la región, los técnicos e ingenieros especialistas en mantenimiento se encuentran en la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, con soporte adicional en la REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL.

Que la ejecución de las tareas de mantenimiento, requiere la participación de un especialista proveniente de la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA que deberá participar al inicio del proyecto y en las fases críticas de su ejecución, teniendo que intervenir también en los servicios contratados el personal de GRID SOLUTIONS ARGENTINA S.A.

Que EDESUR S.A. manifiesta que los puntos de mayor complejidad del plan de mantenimiento requerirán de la participación de un equipo de ingeniería ubicado en la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, con el soporte de otro equipo radicado en la REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, que estará en contacto con el personal de esa Distribuidora.

Que en función de lo solicitado por EDESUR S.A., han tomado intervención la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) mediante la Nota CAMMESA N° P-051858-1, (cf., IF-2021-08357525-APN-SE#MEC) y el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) (cf., NO-2021-10535823-APN-ENRE#MEC), habiendo informado, cada uno en el ámbito de su competencia y mediante sus respectivos informes, la necesidad de mantenimiento del equipamiento que dicha Distribuidora solicitó.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete (cf., IF-2021-31212131-APN-DNTYDE#MEC e IF-2021-43212150-APN-DNTYDE#MEC).

Que a los efectos de dotar de una mayor publicidad a la presente medida y a fin de que las empresas locales tomen conocimiento de la contratación de que se trata a través de un medio periodístico, se estima conveniente su reproducción en un diario de publicación masiva, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 27.437 de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, aprobado mediante el Anexo del Decreto N° 800 del 5 de septiembre de 2018 (cf., IF-2021-48601038-APN-DALE#MEC).

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que esta medida se dicta en uso de las facultades previstas en el Apartado X del Anexo II del Decreto N° 50/2019 y en virtud de lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 18.875.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase, en los términos del artículo 16 de la Ley N° 18.875, la excepción que habilita la contratación con firmas o profesionales extranjeros por falta de capacidad técnica local e imposible de suplir por vía de subcontratación a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.), respecto de los servicios prestados por la empresa GRID SOLUTIONS TRANSMISSÃO DE ENERGIA Ltda., con sede en la REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, a los fines de que se sirva intervenir mediante la provisión de personal técnico calificado en las tareas de mantenimiento preventivo de los equipos GIS (Subestación Aislada en Gas), fabricados por la casa matriz de dicha Empresa y emplazados en las Subestaciones de EDESUR S.A. que se detallan a continuación: Costanera (220 kV), Azopardo (220 kV), Azopardo (132 kV) y Paraná (132 kV), conforme al Dictamen Técnico publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 19 de marzo de 2021 que, como Anexo (IF-2021-47028949-APN-SE#MEC), forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la Subsecretaría de Energía Eléctrica de la Secretaría de Energía de este Ministerio para que, a través de las áreas que correspondan, se proceda a la reproducción de la presente medida en un diario de publicación masiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 27.437 de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, aprobado mediante el Anexo del Decreto N° 800 del 5 de septiembre de 2018.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/06/2021 N° 36945/21 v. 02/06/2021

Fecha de publicación 02/06/2021