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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 238/2021

RESOL-2021-238-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-40413311- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante el JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 51, a cargo de la Doctora Graciela ANGULO, SECRETARÍA N° 58, a cargo del Doctor Santiago BARRERA, tramita la CAUSA N° CCC18.312/2020, seguida a Patricio Leonel REYNOSO por el delito de homicidio calificado por el vínculo y por haber mediado violencia de género (art. 80 incs. 1 y 11 del CPN).

Que la titular del mencionado JUZGADO, Doctora Graciela ANGULO, mediante oficio del 29 de abril de 2021, solicitó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, se ofrezca una recompensa, para aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión del imputado Patricio Leonel REYNOSO, argentino, nacido el 20 de junio de 1988, titular del D.N.I. N° 33.826.569, registrado en el TM 90.002 de P.F.A, hijo de Marina Patricia TARELA y de Rubén Héctor REYNOSO, con último domicilio conocido sito en Alagon N° 305, piso 4 departamento “E” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre quien pesa una declaración de rebeldía y orden de detención desde el 31 de marzo de 2021 y orden de captura internacional desde el 05 de abril de 2021.

Que al mencionado prófugo se le atribuye el hecho ocurrido el 15 de marzo de 2020, entre las 16:00 y las 17:00 horas, en el interior del departamento sito en la calle Alagón N° 305, piso 4, departamento “E”, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el que se domiciliaba Patricio Leonel Reynoso, éste mantuvo una discusión con Pilar Lucía RIESCO, con quien tenía una relación de pareja desde hacía aproximadamente tres años, en el marco de la cual le propinó golpes varios. Seguidamente, la tomó con sus manos fuertemente del cuello, finalmente, y sin solución de continuidad la arrojó al vacío desde el balcón del mencionado inmueble, ocasionándole la muerte cuando el cuerpo de la víctima impactó contra la vereda del frente del lugar del hecho. Todo lo antedicho fue ejecutado por REYNOSO en el marco de la relación de pareja que mantenía con la víctima, la cual había estado signada por un contexto de violencia de género sostenida en el tiempo.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16; y el artículo 5° del Anexo I de la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Patricio Leonel REYNOSO, argentino, nacido el 20 de junio de 1988, titular del D.N.I. N° 33.826.569, con último domicilio conocido sito en Alagon N° 305, piso 4 departamento “E” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre quien pesa una declaración de rebeldía y orden de detención desde el 31 de marzo de 2021 y orden de captura internacional desde el 05 de abril de 2021.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como IF-2021-40510121-APN-DNCJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa ofrecida, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sabina Andrea Frederic

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/06/2021 N° 36942/21 v. 02/06/2021

Fecha de publicación 02/06/2021