BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7295/2021
28/05/2021
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: LISOL 1-943, OPRAC 1-1105, REMON 1-1044. Efectivo mínimo. Financiamiento al sector público no financiero. Aclaración.
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia, a los efectos d aclarar en los puntos 1.3.7.1., 1.3.16. y último párrafo del punto 1.3. de las normas sobre “Efectivo mínimo” y en el punto 9.2. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” los títulos públicos nacionales comprendidos de conformidad con la resolución difundida por la Comunicación “A” 7290.
Se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
María N. Prieto Mazzucco, Subgerenta de Emisión de Normas a/c - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 02/06/2021 N° 36809/21 v. 02/06/2021
Fecha de publicación 02/06/2021