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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIRECCIÓN DE POLICÍA DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN

Disposición 468/2021

DISFC-2021-468-APN-DPSN#PNA

Ciudad de Buenos Aires, 03/06/2021

VISTO, lo informado por la División Practicaje y Baquía, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa “PUERTO DE RIVERMAR SOCIEDAD ANONIMA (PUERTO DE RIVERMAR S.A.)” - Registro Nº 412029 no ha efectuado la reinscripción correspondiente para el año 2021 ante este Departamento (División Practicaje y Baquía), al incumplir lo dispuesto en la Ordenanza Nº 08/03 – DPSN - Tomo 5 - Punto 5º Incisos b) y d) del Agregado Nº 1 y en consecuencia no mantener las condiciones exigidas para su habilitación.

Que la referida Empresa no registra Deudas, de acuerdo a la Ordenanza Nº 08/03 – DPSN, bajo el número de Registro 412029, mediante Disposición PRAC, PE.3 N° 07/04 de fecha 5 de julio de 2014, Habilitada para realizar servicios de Practicaje y Pilotaje en las Zonas de Practicaje Obligatorio del “Rio de la Plata y Puerto de Buenos Aires”.

Que el Capítulo IV, Artículo 5º, Inciso a) Puntos 15° y 17° de la Ley N° 18.398 (General de la Prefectura Naval Argentina) en concordancia con los Artículos Nros. 601.1201 y 601.1202 del Decreto N° 770/2019 (Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre -REGINAVE-) faculta a esta Autoridad Marítima a reglamentar y administrar los Servicios de Practicaje y Pilotaje y a las Empresas que los brindan.

Que ha tomado intervención la División Legal y Técnica del Departamento Reglamentación de la Navegación.

Por ello,

EL DIRECTOR DE POLICIA DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACION

DISPONE:

ARTICULO 1º. – Cancelar la Habilitación, acorde lo normado en el Artículo 699.0101 del Decreto N° 770/2019, a la Empresa “PUERTO DE RIVERMAR SOCIEDAD ANONIMA (PUERTO DE RIVERMAR S.A.)” - Registro Nº 412029, para brindar los Servicios de Practicaje y/o Pilotaje en las zonas de practicaje obligatorio del “Río de la Plata y Puerto de Buenos Aires”, al incumplir con lo normado en la Ordenanza Nº 08/03 -DPSN- Tomo 5- Punto 5º, Incisos b) y d) del Agregado Nº 1.

ARTICULO 2º. – Eliminar del Registro de Empresas que lleva la División Practicaje y Baquía a la Empresa “PUERTO DE RIVERMAR SOCIEDAD ANONIMA (PUERTO DE RIVERMAR S.A.)” - Registro Nº 412029, acorde los fundamentos mencionados en el precedente Artículo.

ARTICULO 3º. – Por la División Practicaje y Baquía y la División Control de Gestión, ambas dependientes de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, tómese nota en los Registros respectivos, póngase en conocimiento a las Dependencias de la Prefectura Naval Argentina y a la Cámara de Actividades de Practicaje y Pilotaje.

ARTICULO 4º. – Por el Departamento Reglamentación de la Navegación dése publicidad y difusión en los sitios oficiales de INTRANET e INTERNET de la Prefectura Naval Argentina.

ARTICULO 5º. – Pásese a la Dirección de Planeamiento para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTICULO 6º. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Italo D’Amico - Juan Carlos Forastieri - Guillermo Figueredo

e. 14/06/2021 N° 40355/21 v. 14/06/2021

Fecha de publicación 14/06/2021